Informacion publica de la aprobacion definitiva de modificacion de la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. - Boletín Oficial de Cantabria, de 27-10-2005
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Ambito: Cantabria
Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE PENAGOS
Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 206
F. Publicación: 27/10/2005
Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo de fecha 18 de agosto de 2005, de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto que se relaciona en el siguiente anexo y no habiéndose presentado reclamación alguna en este periodo, se eleva a definitivo dicho acuerdo provisional, procediéndose a publicar el texto íntegro de la modificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ANEXOS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Artículo 7º -Tipo de gravamen y cuota.
2. El tipo de gravamen será el 0,50 por ciento cuando se trate de bienes urbanos y el 0,72 por ciento cuando se trate de bienes rústicos. La cuota íntegra del Impuesto es el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen.
Artículo 14.- Fecha de aprobación y vigencia. Esta Ordenanza, resultante de la modificación aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 18 de agosto de 2005, comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero del 2006, si en dicha fecha hubiese sido ya publicado en el BOC el texto definitivo o, en su caso, al día siguiente de su publicación y seguirá en vigor mientras no se acuerde su modificación o derogación En caso de modificación parcial, los artículos no modificados continuarán vigentes».
RECURSOS El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa. Contra él se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo, ante los órganos competentes de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de DOS MESES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOC.
No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso o acción, si se estima pertinente.
Penagos, 14 de octubre de 2005.– El alcalde, José Francisco Montejo López. 05/13443
