Instrucción 1/2017, de 9 de mayo, de la directora de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, por la que se establecen los criterios que los órganos competentes de la Agencia Tributaria de las Illes Balears han de considerar para la comprobación del valor real de los bienes inmuebles y puestos de amarre de puertos deportivos situados en territorio de las Illes Balears, en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y en el impuesto sobre sucesiones y donaciones - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 13-05-2017
Índice
Texto
Ambito: Baleares
F. entrada en vigor: 01/01/2017
Órgano emisor: ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 58
F. Publicación: 13/05/2017
Instrucción
1. Tipología de bienes inmuebles
2. Valor de los bienes inmuebles urbanos
3. Valor de los bienes inmuebles rústicos
4. Valor de los puestos de amarre en puertos deportivos de las Illes Balears
5. Actuación de los órganos gestores de la ATIB
6. Comprobación de valores
7. Modificación de los criterios de valoración
8. Efectos
ANEXO 1. Valoración de los bienes inmuebles urbanos
ANEXO 2. Valoración de los bienes inmuebles rústicos
ANEXO 3. Valoración de puestos de amarre de puertos deportivos