Legislación
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Instrumento de Adhesión de España al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 2 de octubre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984 y a su Reglamento de ejecución. - Boletín Oficial del Estado de 07-11-1989

Tiempo de lectura: 32 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Noviembre de 1989

F. entrada en vigor: 16/11/1989

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 267

F. Publicación: 07/11/1989

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

TRATADO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PATENTES
Disposiciones preliminares
Artículo 1. Constitución de una Unión Artículo 2. Definiciones
CAPÍTULO I. Solicitud internacional y búsqueda internacional
Artículo 3. Solicitud internacional Artículo 4. Petitorio Artículo 5. Descripción Artículo 6. Reivindicaciones Artículo 7. Dibujos Artículo 8. Reivindicación de prioridad Artículo 9. Solicitante Artículo 10. Oficina receptora Artículo 11. Fecha de presentación y efectos de la solicitud internacional Artículo 12. Transmisión de la solicitud internacional a la Oficina Internacional y a la Administración encargada de la búsqueda internacional Artículo 13. Posibilidad para las Oficinas designadas de recibir copia de la solicitud internacional Artículo 14. Irregularidades en la solicitud internacional Artículo 15. Búsqueda internacional Artículo 16. Administración encargada de la búsqueda internacional Artículo 17. Procedimiento en el seno de la Administración encargada de la búsqueda internacional Artículo 18. Informe de búsqueda internacional Artículo 19. Modificación de las reivindicaciones en la Oficina Internacional Artículo 20. Comunicación a las Oficinas designadas Artículo 21. Publicación internacional Artículo 22. Copias, traducciones y tasas para las Oficinas designadas Artículo 23. Suspensión del procedimiento nacional Artículo 24. Posible pérdida de los efectos en los Estados designados Artículo 25. Revisión por las Oficinas designadas Artículo 26. Oportunidad de corregir la solicitud en las Oficinas designadas Artículo 27. Requisitos nacionales Artículo 28. Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas designadas Artículo 29. Efectos de la publicación internacional Artículo 30. Carácter confidencial de la solicitud internacional
CAPÍTULO II. Examen preliminar internacional
Artículo 31. Solicitud de examen preliminar internacional Artículo 32. Administración encargada del examen preliminar internacional Artículo 33. Examen preliminar internacional Artículo 34. Procedimiento de la Administración encargada del examen preliminar internacional Artículo 35. Informe de examen preliminar internacional Artículo 36. Transmisión, traducción y comunicación del informe de examen preliminar internacional Artículo 37. Retiro de la solicitud o de la elección Artículo 38. Carácter confidencial del examen preliminar internacional Artículo 39. Copias, traducciones y tasas para las Oficinas elegidas Artículo 40. Suspensión del examen nacional y de los demás procedimientos Artículo 41. Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas elegidas Artículo 42. Resultado del examen nacional en las Oficinas elegidas
CAPÍTULO III. Disposiciones comunes
Artículo 43. Búsqueda de ciertas clases de protección Artículo 44. Búsqueda de dos clases de protección Artículo 45. Tratado de patente regional Artículo 46. Traducción incorrecta de la solicitud internacional Artículo 47. Plazos Artículo 48. Retrasos en el cumplimiento de ciertos plazos Artículo 49. Derecho a actuar ante las Administraciones internacionales
CAPÍTULO IV. Servicios técnicos
Artículo 50. Servicios de información sobre patentes Artículo 51. Asistencia técnica Artículo 52. Relaciones con las demás disposiciones del Tratado
CAPÍTULO V. Disposiciones administrativas
Artículo 53. Asamblea Artículo 54. Comité Ejecutivo Artículo 55. Oficina Internacional Artículo 56. Comité de Cooperación Técnica Artículo 57. Finanzas Artículo 58. Reglamento
CAPÍTULO VI. Diferencias
Artículo 59. Diferencias
CAPÍTULO VII. Revisión y modificación
Artículo 60. Revisión del Tratado Artículo 61. Modificación de determinadas disposiciones del Tratado
CAPÍTULO VIII. Cláusulas finales
Artículo 62. Procedimiento para ser parte en el Tratado Artículo 63. Entrada en vigor del Tratado Artículo 64. Reservas Artículo 65. Aplicación gradual Artículo 66. Denuncia Artículo 67. Firma e idiomas Artículo 68. Funciones de depositario Artículo 69. Notificaciones Reglamento * del Tratado de Cooperación en materia de Patentes
PARTE A. Reglas preliminares
Regla 1. Definiciones Regla 2. Interpretación de ciertas palabras
PARTE B. Reglas relativas al Capítulo I del Tratado
Regla 3. Petitorio (forma) Regla 4. Petitorio (contenido) Regla 5. Descripción Regla 6. Reivindicaciones Regla 7. Dibujos Regla 8. Resumen Regla 9. Expresiones, etc., que no deben utilizarse Regla 10. Terminología y signos Regla 11. Requisitos materiales de la solicitud internacional Regla 12. Idioma de la solicitud internacional Regla 13. Unidad de la invención Regla 13 bis. Invenciones microbiológicas Regla 14. Tasa de transmisión Regla 15. Tasa internacional Regla 16. Tasa de búsqueda Regla 16 bis. Anticipo de tasas por la Oficina Internacional Regla 17. Documento de prioridad Regla 18. Solicitante Regla 19. Oficina receptora competente Regla 20. Recepción de la solicitud internacional Regla 21. Preparación de coplas Regla 22. Transmisión del ejemplar original Regla 23. Transmisión de la copla para la búsqueda Regla 24. Recepción del ejemplar original por la Oficina Internacional Regla 25. Recepción de la copia para la búsqueda por la Administración encargada de la búsqueda internacional Regla 26. Control y corrección de ciertos elementos de la solicitud internacional ante la Oficina receptora Regla 27. Falta de pago de las tasas Regla 28. Irregularidades encontradas por la Oficina Internacional Regla 29. Solicitudes internacionales o designaciones consideradas como retiradas en el sentido del Artículo 14.1), 3) o 4) Regla 30. Plazo según el articulo 14.4) Regla 31. Copias previstas en el Artículo 13 Regla 32. Retiro de la solicitud internacional o de las designaciones Regla 32 bis. Retiro de la reivindicación de prioridad Regla 33. Estado de la técnica pertinente a los fines de la búsqueda internacional Regla 34. Documentación mínima Regla 35. Administración encargada de la búsqueda internacional competente Regla 36. Exigencias mínimas para las Administraciones encargadas de la búsqueda internacional Regla 37. Falta de título o título defectuoso Regla 38. Falta de resumen Regla 39. Objeto según el Artículo 17.2)a)i) Regla 40. Falta de unidad de la invención (búsqueda internacional) Regla 41. Búsqueda anterior distinta de una búsqueda internacional Regla 42. Plazo para la búsqueda internacional Regla 43. Informe de búsqueda internacional Regla 44. Transmisión del informe de búsqueda internacional, etc. Regla 45. Traducción del informe de búsqueda internacional Regla 46. Modificación de las reivindicaciones ante la Oficina Internacional Regla 47. Comunicación a las Oficinas designadas Regla 48. Publicación internacional Regla 49. Copia, traducción y tasas previstas en el Artículo 22 Regla 50. Facultad prevista en el Artículo 22.3) Regla 51. Revisión por las Oficinas designadas Regla 51 bis. Ciertas exigencias nacionales admitidas en virtud del Artículo 27.1), 2), 6) y 7) Regla 52. Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas designadas
PARTE C. Reglas relativas al Capítulo II del Tratado
Regla 53. Solicitud de examen preliminar internacional Regla 54. Solicitante facultado para presentar una solicitud de examen preliminar internacional Regla 55. Idiomas (Examen preliminar internacional) Regla 56. Elecciones posteriores Regla 57. Tasa de tramitación Regla 58. Tasa de examen preliminar Regla 59. Administración encargada del examen preliminar internacional competente Regla 60. Ciertas irregularidades en la solicitud de examen preliminar internacional o en las elecciones Regla 61. Notificación de la solicitud de examen preliminar internacional y de las elecciones Regla 62. Copia para la Administración encargada del examen preliminar internacional Regla 63. Exigencias mínimas para las Administraciones encargadas del examen preliminar internacional Regla 64. Estado de la técnica a los fines del examen preliminar internacional Regla 65. Actividad inventiva o no evidencia Regla 66. Procedimiento en el seno de la Administración encargada del examen preliminar internacional Regla 67. Objeto según el Artículo 34.4)a)i) Regla 68. Falta de unidad de la invención (examen preliminar internacional) Regla 69. Plazo para el examen preliminar internacional Regla 70. Informe de examen preliminar internacional Regla 71. Transmisión del informe de examen preliminar internacional Regla 72. Traducción del informe de examen preliminar internacional Regla 73. Comunicación del informe del examen preliminar internacional Regla 74. Traducción y transmisión de los anexos del informe de examen preliminar internacional Regla 75. Retiro de la solicitud o de las elecciones Regla 76. Copia, traducción y tasa previstas en el Artículo 39.1); traducción del documento de prioridad Regla 77. Facultad prevista en el Artículo 39.1)b) Regla 78. Modificación de las reivindicaciones de la descripción y de los dibujos en las Oficinas elegidas
PARTE D. Reglas relativas al Capítulo III del Tratado
Regla 79. Calendario Regla 80. Cómputo de los plazos Regla 81. Modificación de los plazos fijados por el Tratado Regla 82. Irregularidades en el servicio postal Regla 82 bis. Excusa por el Estado designado o elegido de los retrasos en la observancia de ciertos plazos Regla 82 ter. Rectificación de errores cometidos por la Oficina receptora o por la Oficina Internacional Regla 83. Derecho a ejercer ante las Administraciones internacionales
PARTE E. Reglas relativas al Capítulo V del Tratado
Regla 84. Gastos de las delegaciones Regla 85. Falta de quórum en la Asamblea Regla 86. Gaceta Regla 87. Ejemplares de las publicaciones Regla 88. Modificación del Reglamento Regla 89. Instrucciones Administrativas
PARTE F. Reglas relativas a varios Capítulos del Tratado
Regla 90. Representación Regla 91. Errores evidentes contenidos en documentos Regla 92. Correspondencia Regla 92 bis. Registro de cambios relativos a ciertas indicaciones del petitorio o de la solicitud de examen preliminar internacional Regla 93. Conservación de archivos y expedientes Regla 94. Suministro de copias por la Oficina Internacional y por la Administración encargada del examen preliminar internacional Regla 95. Obtención de copias de traducciones Regla 96. Tabla de tasas TABLA DE TASAS ESTADOS PARTE RESERVAS Y DECLARACIONES