Instrumento de Adhesión de España al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 2 de octubre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984 y a su Reglamento de ejecución. - Boletín Oficial del Estado de 07-11-1989
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Noviembre de 1989
F. entrada en vigor: 16/11/1989
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 267
F. Publicación: 07/11/1989
TRATADO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PATENTES
Disposiciones preliminares
Artículo 1. Constitución de una Unión
Artículo 2. Definiciones
CAPÍTULO I. Solicitud internacional y búsqueda internacional
Artículo 3. Solicitud internacional
Artículo 4. Petitorio
Artículo 5. Descripción
Artículo 6. Reivindicaciones
Artículo 7. Dibujos
Artículo 8. Reivindicación de prioridad
Artículo 9. Solicitante
Artículo 10. Oficina receptora
Artículo 11. Fecha de presentación y efectos de la solicitud internacional
Artículo 12. Transmisión de la solicitud internacional a la Oficina Internacional y a la Administración encargada de la búsqueda internacional
Artículo 13. Posibilidad para las Oficinas designadas de recibir copia de la solicitud internacional
Artículo 14. Irregularidades en la solicitud internacional
Artículo 15. Búsqueda internacional
Artículo 16. Administración encargada de la búsqueda internacional
Artículo 17. Procedimiento en el seno de la Administración encargada de la búsqueda internacional
Artículo 18. Informe de búsqueda internacional
Artículo 19. Modificación de las reivindicaciones en la Oficina Internacional
Artículo 20. Comunicación a las Oficinas designadas
Artículo 21. Publicación internacional
Artículo 22. Copias, traducciones y tasas para las Oficinas designadas
Artículo 23. Suspensión del procedimiento nacional
Artículo 24. Posible pérdida de los efectos en los Estados designados
Artículo 25. Revisión por las Oficinas designadas
Artículo 26. Oportunidad de corregir la solicitud en las Oficinas designadas
Artículo 27. Requisitos nacionales
Artículo 28. Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas designadas
Artículo 29. Efectos de la publicación internacional
Artículo 30. Carácter confidencial de la solicitud internacional
CAPÍTULO II. Examen preliminar internacional
Artículo 31. Solicitud de examen preliminar internacional
Artículo 32. Administración encargada del examen preliminar internacional
Artículo 33. Examen preliminar internacional
Artículo 34. Procedimiento de la Administración encargada del examen preliminar internacional
Artículo 35. Informe de examen preliminar internacional
Artículo 36. Transmisión, traducción y comunicación del informe de examen preliminar internacional
Artículo 37. Retiro de la solicitud o de la elección
Artículo 38. Carácter confidencial del examen preliminar internacional
Artículo 39. Copias, traducciones y tasas para las Oficinas elegidas
Artículo 40. Suspensión del examen nacional y de los demás procedimientos
Artículo 41. Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas elegidas
Artículo 42. Resultado del examen nacional en las Oficinas elegidas
CAPÍTULO III. Disposiciones comunes
Artículo 43. Búsqueda de ciertas clases de protección
Artículo 44. Búsqueda de dos clases de protección
Artículo 45. Tratado de patente regional
Artículo 46. Traducción incorrecta de la solicitud internacional
Artículo 47. Plazos
Artículo 48. Retrasos en el cumplimiento de ciertos plazos
Artículo 49. Derecho a actuar ante las Administraciones internacionales
CAPÍTULO IV. Servicios técnicos
Artículo 50. Servicios de información sobre patentes
Artículo 51. Asistencia técnica
Artículo 52. Relaciones con las demás disposiciones del Tratado
CAPÍTULO V. Disposiciones administrativas
Artículo 53. Asamblea
Artículo 54. Comité Ejecutivo
Artículo 55. Oficina Internacional
Artículo 56. Comité de Cooperación Técnica
Artículo 57. Finanzas
Artículo 58. Reglamento
CAPÍTULO VI. Diferencias
Artículo 59. Diferencias
CAPÍTULO VII. Revisión y modificación
Artículo 60. Revisión del Tratado
Artículo 61. Modificación de determinadas disposiciones del Tratado
CAPÍTULO VIII. Cláusulas finales
Artículo 62. Procedimiento para ser parte en el Tratado
Artículo 63. Entrada en vigor del Tratado
Artículo 64. Reservas
Artículo 65. Aplicación gradual
Artículo 66. Denuncia
Artículo 67. Firma e idiomas
Artículo 68. Funciones de depositario
Artículo 69. Notificaciones
Reglamento * del Tratado de Cooperación en materia de Patentes
PARTE A. Reglas preliminares
Regla 1. Definiciones
Regla 2. Interpretación de ciertas palabras
PARTE B. Reglas relativas al Capítulo I del Tratado
Regla 3. Petitorio (forma)
Regla 4. Petitorio (contenido)
Regla 5. Descripción
Regla 6. Reivindicaciones
Regla 7. Dibujos
Regla 8. Resumen
Regla 9. Expresiones, etc., que no deben utilizarse
Regla 10. Terminología y signos
Regla 11. Requisitos materiales de la solicitud internacional
Regla 12. Idioma de la solicitud internacional
Regla 13. Unidad de la invención
Regla 13 bis. Invenciones microbiológicas
Regla 14. Tasa de transmisión
Regla 15. Tasa internacional
Regla 16. Tasa de búsqueda
Regla 16 bis. Anticipo de tasas por la Oficina Internacional
Regla 17. Documento de prioridad
Regla 18. Solicitante
Regla 19. Oficina receptora competente
Regla 20. Recepción de la solicitud internacional
Regla 21. Preparación de coplas
Regla 22. Transmisión del ejemplar original
Regla 23. Transmisión de la copla para la búsqueda
Regla 24. Recepción del ejemplar original por la Oficina Internacional
Regla 25. Recepción de la copia para la búsqueda por la Administración encargada de la búsqueda internacional
Regla 26. Control y corrección de ciertos elementos de la solicitud internacional ante la Oficina receptora
Regla 27. Falta de pago de las tasas
Regla 28. Irregularidades encontradas por la Oficina Internacional
Regla 29. Solicitudes internacionales o designaciones consideradas como retiradas en el sentido del Artículo 14.1), 3) o 4)
Regla 30. Plazo según el articulo 14.4)
Regla 31. Copias previstas en el Artículo 13
Regla 32. Retiro de la solicitud internacional o de las designaciones
Regla 32 bis. Retiro de la reivindicación de prioridad
Regla 33. Estado de la técnica pertinente a los fines de la búsqueda internacional
Regla 34. Documentación mínima
Regla 35. Administración encargada de la búsqueda internacional competente
Regla 36. Exigencias mínimas para las Administraciones encargadas de la búsqueda internacional
Regla 37. Falta de título o título defectuoso
Regla 38. Falta de resumen
Regla 39. Objeto según el Artículo 17.2)a)i)
Regla 40. Falta de unidad de la invención (búsqueda internacional)
Regla 41. Búsqueda anterior distinta de una búsqueda internacional
Regla 42. Plazo para la búsqueda internacional
Regla 43. Informe de búsqueda internacional
Regla 44. Transmisión del informe de búsqueda internacional, etc.
Regla 45. Traducción del informe de búsqueda internacional
Regla 46. Modificación de las reivindicaciones ante la Oficina Internacional
Regla 47. Comunicación a las Oficinas designadas
Regla 48. Publicación internacional
Regla 49. Copia, traducción y tasas previstas en el Artículo 22
Regla 50. Facultad prevista en el Artículo 22.3)
Regla 51. Revisión por las Oficinas designadas
Regla 51 bis. Ciertas exigencias nacionales admitidas en virtud del Artículo 27.1), 2), 6) y 7)
Regla 52. Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas designadas
PARTE C. Reglas relativas al Capítulo II del Tratado
Regla 53. Solicitud de examen preliminar internacional
Regla 54. Solicitante facultado para presentar una solicitud de examen preliminar internacional
Regla 55. Idiomas (Examen preliminar internacional)
Regla 56. Elecciones posteriores
Regla 57. Tasa de tramitación
Regla 58. Tasa de examen preliminar
Regla 59. Administración encargada del examen preliminar internacional competente
Regla 60. Ciertas irregularidades en la solicitud de examen preliminar internacional o en las elecciones
Regla 61. Notificación de la solicitud de examen preliminar internacional y de las elecciones
Regla 62. Copia para la Administración encargada del examen preliminar internacional
Regla 63. Exigencias mínimas para las Administraciones encargadas del examen preliminar internacional
Regla 64. Estado de la técnica a los fines del examen preliminar internacional
Regla 65. Actividad inventiva o no evidencia
Regla 66. Procedimiento en el seno de la Administración encargada del examen preliminar internacional
Regla 67. Objeto según el Artículo 34.4)a)i)
Regla 68. Falta de unidad de la invención (examen preliminar internacional)
Regla 69. Plazo para el examen preliminar internacional
Regla 70. Informe de examen preliminar internacional
Regla 71. Transmisión del informe de examen preliminar internacional
Regla 72. Traducción del informe de examen preliminar internacional
Regla 73. Comunicación del informe del examen preliminar internacional
Regla 74. Traducción y transmisión de los anexos del informe de examen preliminar internacional
Regla 75. Retiro de la solicitud o de las elecciones
Regla 76. Copia, traducción y tasa previstas en el Artículo 39.1); traducción del documento de prioridad
Regla 77. Facultad prevista en el Artículo 39.1)b)
Regla 78. Modificación de las reivindicaciones de la descripción y de los dibujos en las Oficinas elegidas
PARTE D. Reglas relativas al Capítulo III del Tratado
Regla 79. Calendario
Regla 80. Cómputo de los plazos
Regla 81. Modificación de los plazos fijados por el Tratado
Regla 82. Irregularidades en el servicio postal
Regla 82 bis. Excusa por el Estado designado o elegido de los retrasos en la observancia de ciertos plazos
Regla 82 ter. Rectificación de errores cometidos por la Oficina receptora o por la Oficina Internacional
Regla 83. Derecho a ejercer ante las Administraciones internacionales
PARTE E. Reglas relativas al Capítulo V del Tratado
Regla 84. Gastos de las delegaciones
Regla 85. Falta de quórum en la Asamblea
Regla 86. Gaceta
Regla 87. Ejemplares de las publicaciones
Regla 88. Modificación del Reglamento
Regla 89. Instrucciones Administrativas
PARTE F. Reglas relativas a varios Capítulos del Tratado
Regla 90. Representación
Regla 91. Errores evidentes contenidos en documentos
Regla 92. Correspondencia
Regla 92 bis. Registro de cambios relativos a ciertas indicaciones del petitorio o de la solicitud de examen preliminar internacional
Regla 93. Conservación de archivos y expedientes
Regla 94. Suministro de copias por la Oficina Internacional y por la Administración encargada del examen preliminar internacional
Regla 95. Obtención de copias de traducciones
Regla 96. Tabla de tasas
TABLA DE TASAS
ESTADOS PARTE
RESERVAS Y DECLARACIONES