Legislación

Leganés. Organización y funcionamiento. Modificación decretos, - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 31-03-2020

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Madrid

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE LEGANES

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 78

F. Publicación: 31/03/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 78 de 31/03/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Con fecha 16 de marzo de 2020, el alcalde-presidente dictó el siguiente decreto 3095/2020:

'Primero.-Modificar los decretos que a continuación se relacionan: el número 2931/2020, de 11 de marzo; el número 3063/2020, de 13 de marzo, y el número 3084/2020, de 14 de marzo, a fin de adaptarlos a lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, según se dispone a continuación:

- La vigencia de las medidas en ellos establecidas estarán vigentes mientras dure el estado de alarma declarada en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que se establece en quince días naturales.

- El apartado tercero del decreto número 3063/2020, de 13 de marzo, se modifica atendiendo a lo establecido en el artículo 7, limitación de la libertad de circulación de las personas del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Segundo.-El presente decreto surtirá efecto a partir de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.-Del presente decreto se dará traslado a la totalidad de los Departamentos municipales con el fin de que se adopten las medidas oportunas para su ejecución y se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que celebre a fin de que quede enterado del mismo'.

Leganés, a 17 de marzo de 2020.-El alcalde-presidente, Santiago Llorente Gutiérrez.

(03/9.108/20)