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Leganés. Organización y funcionamiento. Suspensión mercadillos, - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 31-03-2020

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Ambito: Madrid

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE LEGANES

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 78

F. Publicación: 31/03/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 78 de 31/03/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Con fecha 13 de marzo de 2020, el alcalde-presidente dictó el siguiente decreto 3063/2020:

'Primero.-Suspender los mercadillos que periódicamente los viernes se ubican en el Recinto Ferial y en San Nicasio y los lunes en el barrio de La Fortuna.

Segundo.-Se procede a la clausura de todas las áreas infantiles ubicadas en el municipio.

Tercero.-Con el objetivo de seguir prestando un servicio público esencial a los ciudadanos de Leganés para aquellas gestiones que deban realizar de forma perentoria por su carácter de urgencia, se procede a:

1. La atención presencial se realizará exclusivamente en el edificio municipal 'Casa del Reloj', avenida de Gibraltar, número 2, procediendo a cerrar las oficinas ubicadas en las Juntas de Distrito.

2. La atención presencial se realizará siempre mediante cita previa para evitar la concentración de personas en espera de ser atendidas.

3. La cita previa se gestionará exclusivamente a través del servicio de atención telefónica 010 (912 489 010) con el fin de filtrar el grado de urgencia y necesidad de las gestiones a realizar.

4. La atención presencial, a fin de evitar el traslado innecesario entre municipios, se circunscribirá exclusivamente a los empadronados en Leganés.

5. Los sábados no habrá atención presencial por no ser días hábiles a efectos de registro.

Cuarto.-Las medidas extraordinarias establecidas en el presente decreto surtirán efecto a partir de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerán vigentes mientras lo exija la situación de riesgo inminente y extraordinario que las justifican.

Quinto.-Del presente decreto se dará traslado a la totalidad de los Departamentos municipales con el fin de que se adopten las medidas oportunas para su ejecución y se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que celebre a fin de que quede enterado del mismo'.

Leganés, a 16 de marzo de 2020.-El alcalde-presidente, Santiago Llorente Gutiérrez.

(03/9.109/20)