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LEY 1/2006, de 13 de marzo, por la que se regula el Regimen Especial del municipio de Barcelona. - Boletín Oficial del Estado de 14-03-2006

Tiempo de lectura: 17 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Junio de 2006

F. entrada en vigor: 14/06/2006

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 62

F. Publicación: 14/03/2006

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
Exposición de motivos
I II
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Régimen especial de Barcelona. Artículo 2. Garantía de la autonomía municipal. Artículo 3. Cláusula general de competencias. Artículo 4. Régimen financiero especial. Artículo 5. Comisión de Colaboración Interadministrativa.
TÍTULO II. Competencias del Ayuntamiento de Barcelona
CAPÍTULO I. Participación en el control y la gestión de las infraestructuras y del dominio público del Estado
Artículo 6. Participación en la gestión de infraestructuras y servicios y bienes de dominio público marítimoterrestre. Artículo 7. Gestión de infraestructuras y competencias municipales.
CAPÍTULO II. Bienes inmuebles
Artículo 8. Expropiación de terrenos para edificación de viviendas. Artículo 9. Desafectación de inmuebles del Estado. Artículo 10. Cesión de bienes: reversión. Artículo 11. Instalación subterránea de las redes de servicios públicos y de interés general.
CAPÍTULO III. Telecomunicaciones
Artículo 12. Autorización municipal para la construcción de redes de telecomunicaciones. Artículo 13. Participación del Ayuntamiento de Barcelona en la ordenación y despliegue de la red: Instalación de antenas. Artículo 14. Acceso por los ciudadanos a los servicios de telecomunicaciones. Artículo 15. Redes propias de telecomunicaciones.
CAPÍTULO IV. Patrimonio Histórico
Artículo 16. Bienes del Patrimonio HistóricoArtístico.
CAPÍTULO V. Movilidad
Artículo 17. Ámbito material de aplicación de las competencias del Ayuntamiento de Barcelona en materia de movilidad. Artículo 18. Potestad normativa. Artículo 19. Ordenación, vigilancia y control del tráfico. Artículo 20. Ejercicio de la potestad sancionadora. Artículo 21. Inmovilización de los vehículos. Artículo 22. Retirada de los vehículos. Artículo 23. Distintivos de los vehículos. Artículo 24. Personal auxiliar de la guardia urbana. Artículo 25. Ordenación del tráfico. Artículo 26. Notificación de las sanciones. Artículo 27. Procedimientos de recaudación y embargo. Artículo 28. Gastos por inmovilización del vehículo. Artículo 29. Colaboración interadministrativa.
CAPÍTULO VI. Seguridad Ciudadana
Artículo 30. Competencias del Ayuntamiento de Barcelona. Artículo 31. Participación del Estado en la Junta Local de Seguridad de Barcelona. Artículo 32. Participación de miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal en los órganos consultivos y de participación ciudadana en materia de seguridad ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona. Artículo 33. Competencias del Alcalde de Barcelona en materia de seguridad. Artículo 34. La Guardia Urbana de Barcelona. Artículo 35. La Guardia Urbana de Barcelona como Policía Administrativa y Policía de Seguridad.
TÍTULO III. Justicia de Proximidad
Artículo 36. La administración de Justicia en la ciudad de Barcelona. Artículo 37. Naturaleza de la Justicia de Proximidad.
TÍTULO IV. Régimen financiero especial
CAPÍTULO I. Principios generales del régimen financiero especial
Artículo 38. Principios de la Hacienda municipal de Barcelona. Artículo 39. Recursos de la Hacienda municipal de Barcelona.
CAPÍTULO II. Los recursos tributarios
SECCIÓN I. NORMAS COMUNES
Artículo 40. Normativa aplicable. Artículo 41. Bonificaciones en tributos locales. Artículo 42. La autoliquidación en tributos locales. Artículo 43. Especialidades en la recaudación de los tributos municipales. Artículo 44. Colaboración con la Administración tributaria. Artículo 45. Órgano competente para la aplicación de los tributos y demás ingresos de derecho público municipales. Artículo 46. Recursos contra los actos de aplicación de los tributos e ingresos de Derecho público municipales. Artículo 47. Consejo Tributario. Artículo 48. Beneficios fiscales por razón de mecenazgo.
SECCIÓN II. IMPUESTOS
Artículo 49. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 50. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Artículo 51. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana.
SECCIÓN III. TASAS
Artículo 52. Tasas.
SECCIÓN IV. CONTRIBUCIONES ESPECIALES
Artículo 53. Contribuciones especiales.
CAPÍTULO III. Participaciones, subvenciones y transferencias
Artículo 54. Participación del Municipio de Barcelona en los tributos del Estado. Artículo 55. Subvenciones y transferencias.
CAPÍTULO IV. Planificación económica, presupuesto y gasto público
SECCIÓN I. PLANIFICACIÓN ECONÓMICA
Artículo 56. Sistema de planificación del Ayuntamiento de Barcelona. Artículo 57. Administración de los sistemas de planificación. Artículo 58. Principios que informan la gestión económicofinanciera.
SECCIÓN II. CONTABILIDAD
Artículo 59. Sistema de información contable: estructura. Artículo 60. Contabilidad Patrimonial. Artículo 61. Contabilidad analítica. Artículo 62. Consolidación contable. Artículo 63. Sistema de información contable: procedimientos. Artículo 64. Sistema contable, cuentas anuales y Cuenta General.
SECCIÓN III. OPERACIONES DE CRÉDITO Y TESORERÍA
Artículo 65. Tesorería. Artículo 66. Financiación. Artículo 67. Deuda Pública. Artículo 68. Informe de la Intervención. Artículo 69. Concertación de operaciones de crédito a largo plazo. Artículo 70. Reglamento orgánico y funciones financieras.
SECCIÓN IV. FISCALIZACIÓN Y AUDITORÍA
Artículo 71. Sistema de fiscalización y auditoría. Artículo 72. Control de legalidad. Artículo 73. Funciones de la Intervención General del Ayuntamiento. Artículo 74. Función de control financiero. Artículo 75. Control de eficacia. Artículo 76. Tesorería Municipal. Artículo 77. Fiscalización del Tribunal de Cuentas y de la Sindicatura de Cuentas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad. D.A. 2ª. Financiación del área metropolitana de Barcelona. D.A. 3ª. Regulaciones específicas. D.A. 4ª. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. D.A. 5ª. Recurso de alzada contra actos de los distritos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Plan de Gestión integrada del Litoral. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones. D.F. 3ª. Títulos competenciales. D.F. 4ª. Entrada en vigor.