Legislación
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LEY 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 15-02-2022

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Madrid

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Febrero de 2022

F. entrada en vigor: 16/02/2022

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 38

F. Publicación: 15/02/2022

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones de carácter general
Artículo 1. Objeto de la Ley Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Gratuidad Artículo 5. Principios generales
TÍTULO I. Libertad de elección de centro escolar
Artículo 6. Ejercicio de la libertad de elección Artículo 7. Programación de puestos escolares Artículo 8. Enseñanzas sostenidas con fondos públicos Artículo 9. Compromiso social Artículo 10. Centros que atiendan al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
TÍTULO II. Alumnado con necesidades educativas especiales
CAPÍTULO I. Escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales
Artículo 11. Criterios de escolarización en las diversas modalidades inclusivas Artículo 12. Información a las familias Artículo 13. Modalidades de escolarización Artículo 14. Escolarización en centros ordinarios Artículo 15. Escolarización en centros ordinarios de atención preferente Artículo 16. Escolarización en unidades de educación especial Artículo 17. Escolarización en centros de educación especial Artículo 18. Aspectos comunes a la escolarización en unidades de educación especial y en centros de educación especial Artículo 19. Escolarización combinada
CAPÍTULO II. Evaluación y promoción
Artículo 20. Identificación temprana, evaluación inicial y valoración Artículo 21. Evaluación psicopedagógica Artículo 22. Informe psicopedagógico Artículo 23. Dictamen de escolarización Artículo 24. Evaluación y promoción
CAPÍTULO III. Actuaciones y medidas
Artículo 25. Actuaciones de la administración educativa Artículo 26. Actuaciones de los centros educativos Artículo 27. Medidas Artículo 28. Medidas ordinarias Artículo 29. Medidas específicas
CAPÍTULO IV. Recursos, formación e innovación
Artículo 30. Recursos materiales Artículo 31. Recursos humanos Artículo 32. Formación Artículo 33. Innovación educativa
CAPÍTULO V. Participación de las familias
Artículo 34. Participación y colaboración de las familias
CAPÍTULO VI. Coordinación, seguimiento y evaluación
Artículo 35. Coordinación en los centros Artículo 36. Colaboración con entidades, asociaciones y otras organizaciones relacionadas con la atención a la diversidad Artículo 37. Seguimiento Artículo 38. Evaluación
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Inspección educativa D.A. 2ª. Evaluación del sistema educativo D.A. 3ª. Centros privados D.A. 4ª. Protección de datos personales D.A. 5ª. Centros educativos con concierto
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Procesos en trámite para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo D.F. 2ª. Educación inclusiva D.F. 3ª. Entrada en vigor