Legislación
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LEY 10/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías dela dignidad de la persona en el proceso de morir y de lamuerte. - Boletín Oficial de Aragón de 07-04-2011

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Abril de 2011

F. entrada en vigor: 07/06/2011

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 70

F. Publicación: 07/04/2011

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I Disposiciones Generales
Artículo 1. -Objeto. Artículo 2.-Fines. Artículo 3. -Ámbito de aplicación. Artículo 4.-Principios básicos. Artículo 5. -Definiciones.
TÍTULO II Derechos de las personas ante el proceso de morir y de la muerte
Artículo 6. -Derecho a la información asistencial. Artículo 7.-Derecho a la toma de decisiones y al consentimiento informado. Artículo 8.-Derecho al rechazo y a la retirada de una intervención. Artículo 9.-Derecho a realizar la declaración de voluntades anticipadas. Artículo 10. -Derechos de las personas en situaciones de incapacidad respecto a la información, la toma de decisiones y el consentimiento informado. Artículo 11.-Derechos de los pacientes menores de edad. Artículo 12.-Derecho del paciente a recibir cuidados paliativos integrales y a la elección del domicilio para recibirlos. Artículo 13.-Derecho del paciente al tratamiento del dolor y de cualquier otro síntoma. Artículo 14.-Derecho del paciente a la administración de sedación paliativa. Artículo 15.-Derecho a la intimidad personal y familiar y a la confidencialidad. Artículo 16.-Derecho al acompañamiento.
TÍTULO III Deberes de los profesionales sanitarios que atienden a pacientes ante el proceso de morir y de la muerte
Artículo 17. -Deberes respecto a la información clínica. Artículo 18.-Deberes respecto a la toma de decisiones clínicas. Artículo 19.-Deberes respecto a la declaración de voluntades anticipadas. Artículo 20.-Deberes respecto a las personas que puedan hallarse en situación de incapacidad de hecho. Artículo 21. -Deberes respecto a la adecuación de las medidas terapéuticas.
TÍTULO IV Garantías que proporcionarán las instituciones y centros sanitarios
Artículo 22.-Garantía de los derechos del paciente. Artículo 23.-Acompañamiento del paciente. Artículo 24.-Apoyo a la familia y personas cuidadoras. Artículo 25.-Asesoramiento en cuidados paliativos. Artículo 26.-Estancia en habitación individual para personas en situación terminal. Artículo 27.-Comité de Bioética de Aragón. Artículo 28. -Comités de Ética Asistencial
TÍTULO V Infracciones y sanciones
Artículo 29.-Disposiciones generales. Artículo 30.-Infracciones leves. Artículo 31.-Infracciones graves. Artículo 32. -Infracciones muy graves. Artículo 33. -Sanciones. Artículo 34.-Competencia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A.1ª Difusión de la Ley. D.A.2ª.-Evaluación de la Ley. D.A.3ª .-Cuidados paliativos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F.1ª.-Modificación de la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón. D.F.2ª.-Habilitación al Gobierno de Aragón. D.F.3ª.-Comité de Bioética de Aragón y Comités de Ética Asistencial. D.F.4ª.-Entrada en vigor.