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Ley 10/2012, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2013. [2012/17595] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 27-12-2012

Tiempo de lectura: 17 min

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2014

F. entrada en vigor: 01/01/2013

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 253

F. Publicación: 27/12/2012


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. De la aprobación de los presupuestos y de sus modificaciones
CAPÍTULO I. Créditos iniciales y su financiación
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Artículo 2. Aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en los apartados a), b) y c) del artículo 1. Artículo 3. Financiación de los créditos aprobados en el artículo 2. Artículo 4. Aprobación de los presupuestos de explotación y capital de las entidades públicas a las que hace referencia el artículo 1, apartado d). Artículo 5. Aprobación de los presupuestos de explotación y capital de las empresas públicas a las que hace referencia el artículo 1, apartado e). Artículo 6. Aprobación de los presupuestos de explotación y capital de las fundaciones públicas regionales a las que hace referencia el artículo 1, apartado f). Artículo 7. Beneficios fiscales.
CAPÍTULO II. De los créditos presupuestarios y sus modificaciones
Artículo 8. Limitación y vinculación de los créditos. Artículo 9. Principios generales de las modificaciones de los créditos. Artículo 10. Créditos ampliables. Artículo 11. Normas específicas sobre transferencias de crédito. Artículo 12. Normas específicas sobre generaciones de crédito. Artículo 13. Competencias en materia de modificaciones presupuestarias. Artículo 14. Adaptaciones técnicas del presupuesto. Artículo 15. Anticipos de tesorería.
TÍTULO II. De la ejecución y liquidación presupuestaria
CAPÍTULO I. Autorización de gastos
Artículo 16. Autorización de gastos. Artículo 17. Desconcentración y delegación de competencias.
CAPÍTULO II. Otras disposiciones en materia de ejecución de gastos
Artículo 18. Expedientes con repercusión presupuestaria para ejercicios futuros. Artículo 19. Creación y participación en fundaciones y consorcios. Artículo 20. Créditos financiados con transferencias finalistas. Artículo 21. Libramiento de los créditos de las Cortes de Castilla-La Mancha. Artículo 22. Libramiento de los créditos correspondientes a transferencias para organismos autónomos y otros entes públicos y subvenciones nominativas. Artículo 23. Información y control de la ejecución presupuestaria.
CAPÍTULO III. Liquidación de los presupuestos
Artículo 24. Liquidación presupuestaria.
TÍTULO III. De los créditos de personal
CAPÍTULO I. Régimen retributivo
Artículo 25. Criterio general sobre las retribuciones. Artículo 26. Retribuciones del personal al servicio del sector público regional no sometido a legislación laboral. Artículo 27. Retribuciones de los altos cargos. Artículo 28. Conceptos retributivos del personal funcionario no estatutario de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha. Artículo 29. Retribuciones del personal laboral. Artículo 30. Retribuciones del personal de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
CAPÍTULO II. Otras disposiciones en materia de personal
Artículo 31. Requisitos para la determinación o modificación de las condiciones de trabajo y modificaciones de plantilla. Artículo 32. Plantilla presupuestaria. Artículo 33. Relaciones de puestos tipo y relaciones de puestos de trabajo. Artículo 34. Oferta de empleo público. Artículo 35. Nombramiento de personal funcionario interino y contratación de personal laboral temporal en el ámbito del sector público regional. Artículo 36. Régimen de gestión del personal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. Artículo 37. Régimen de gestión del personal docente. Artículo 38. Anticipos de retribuciones. Artículo 39. Limitación del aumento de gastos de personal. Artículo 40. Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 41. Nombramiento de personal funcionario interino para la realización de programas temporales.
TÍTULO IV. De la gestión de los presupuestos docentes
CAPÍTULO I. De los centros docentes no universitarios financiados con fondos públicos
Artículo 42. Módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados. Artículo 43. Aplicación de medidas de mantenimiento de empleo en centros concertados y aplicación del contrato de relevo.
CAPÍTULO II. De los costes de personal de la Universidad de Castilla-La Mancha
Artículo 44. Autorización de los costes de personal de la Universidad de Castilla-La Mancha.
TÍTULO V. De las operaciones financieras
CAPÍTULO I. Del endeudamiento
Artículo 45. Operaciones de crédito a largo plazo. Artículo 46. Operaciones a corto plazo. Artículo 47. Informe previo e información relativa a las operaciones de crédito del sector público regional.
CAPÍTULO II. De los avales
Artículo 48. Avales.
TÍTULO VI. De las tasas y otras medidas tributarias
Artículo 49. Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma. Artículo 50. Tipos de gravamen del canon de aducción y del canon de depuración. Artículo 51. Afectación de los ingresos obtenidos por la recaudación del impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Porcentajes de gastos generales de estructura en los contratos de obra. D.A. 2ª. Docencia no universitaria. D.A. 3ª. Sustitución de la fiscalización previa por el control financiero permanente. D.A. 4ª. Acceso de la Intervención General a informes de auditorías. D.A. 5ª. Aportaciones a fundaciones y consorcios. D.A. 6ª. Encomiendas a entidades, empresas y fundaciones públicas. D.A. 7ª. Fiscalización de expedientes tramitados por medios informáticos, electrónicos o telemáticos. D.A. 8ª. Auditorías. D.A. 9ª. Reordenación del sector público. D.A. 10ª. Contratación de personal de las entidades y empresas pertenecientes al sector público regional en 2013. D.A. 11ª. Contratación de personal de las fundaciones pertenecientes al sector público regional y de los consorcios participados mayoritariamente por la Administración de la Junta de Comunidades o por sus órganos o entidades vinculadas o dependientes e... D.A. 12ª. Dotación del Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía. D.A. 13ª. Suspensión y modificación de acuerdos. D.A. 14ª. Enseñanza en régimen de concierto. D.A. 15ª. Reducción del endeudamiento de las Universidades de titularidad pública de Castilla-La Mancha. D.A. 16ª. Normas específicas del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. D.A. 17ª. Tipo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos y tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional. D.A. 18ª. Sector público regional. D.A. 19ª. Garantía retributiva.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª. Permisos. D.DT. 2ª. Del Impuesto sobre Determinadas Actividades que inciden en el Medio Ambiente y del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos. D.DT. 3ª. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. D.F. 2ª. Retribuciones de personal. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Tributos Cedidos. D.F. 4ª. Desarrollo de la presente Ley. D.F. 5ª. Entrada en vigor. ANEXO. MÓDULOS ECONÓMICOS DE DISTRIBUCIÓN DE FONDOS PÚBLICOS PARA SOSTENIMIENTO DE CENTROS CONCERTADOS