Legislación
Legislación

Ley 10/2015, de 24 de marzo, por la que se establece el sistema competencial en el transporte urbano e interurbano de la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 27-03-2015

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Mayo de 2021

F. entrada en vigor: 27/06/2015

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 71

F. Publicación: 27/03/2015


PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I. Objeto y principios inspiradores
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley. Artículo 2. Principios inspiradores.
CAPÍTULO II. Conceptos y definiciones
Artículo 3. Definiciones. Artículo 4. Condiciones de seguridad.
TÍTULO I. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS TRANSPORTES URBANOS E INTERURBANOS. DERECHOS Y OBLIGACIONES. JUNTA ARBITRAL
CAPÍTULO I. Régimen de competencias
Artículo 5. Las administraciones públicas competentes en materia de movilidad y transportes urbanos e interurbanos. Artículo 6. Competencias de la Comunidad Autónoma. Artículo 7. Competencias de los municipios.
CAPÍTULO II. Derechos y obligaciones. Junta Arbitral
Artículo 8. Derechos y obligaciones de los intervinientes en los servicios públicos de transporte. Artículo 9. Junta Arbitral del Transporte.
TÍTULO II. COORDINACIÓN INTERADMINISTRATIVA
Artículo 10. Normas generales. Artículo 11. Coordinación en los transportes urbanos. Artículo 12. Coordinación en los transportes interurbanos.
TÍTULO III. DE LOS TRANSPORTES URBANOS
Artículo 13. Normativa aplicable. Artículo 14. Régimen de prestación y adjudicación. Artículo 15. Del transporte a la demanda. Artículo 16. Régimen aplicable a los transportes regulares de uso especial. Artículo 16 bis. Servicios discrecionales en autobús.
TÍTULO IV. DE LOS TRANSPORTES INTERURBANOS
Artículo 17. Normativa aplicable. Artículo 18. Régimen de prestación y adjudicación. Artículo 19. Del transporte a la demanda. Artículo 20. Del transporte regular de uso especial interurbano. Artículo 21. De los transportes metropolitanos. Artículo 22. Plan Director de Transportes de la Región de Murcia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Adaptación de las ordenanzas municipales de transporte a lo previsto en esta ley. D.A. 2ª. Titularidad de los contratos de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general autonómicos que discurren íntegramente por el territorio de un término municipal.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. De las normas que se derogan por la entrada en vigor de la presente ley.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Cláusula de supletoriedad. D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 3ª. Entrada en vigor.