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Ley 12/2019, de 11 de octubre, del voluntariado de Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 15-10-2019

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Octubre de 2019

F. entrada en vigor: 16/10/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 199

F. Publicación: 15/10/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Valores de la actividad voluntaria. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Artículo 4. Definiciones.
TÍTULO I. DEL VOLUNTARIADO
Artículo 5. Principios rectores del voluntariado. Artículo 6. Dimensión. Artículo 7. Características. Artículo 8. Condiciones para el ejercicio del voluntariado. Artículo 9. Enfoque de derechos en la intervención del voluntariado. Artículo 10. Ámbitos de actuación. Artículo 11. Cauces de intervención en la actuación del voluntariado. Artículo 12. Límites a la actividad voluntaria.
TÍTULO II. DE LAS PERSONAS VOLUNTARIAS
Artículo 13. Las personas voluntarias. Artículo 14. Compatibilidad de la actividad voluntaria. Artículo 15. Derechos. Artículo 16. Deberes. Artículo 17. Relación de las personas voluntarias con las entidades de voluntariado.
TÍTULO III. DE LAS ENTIDADES DE VOLUNTARIADO
Artículo 18. Las entidades de voluntariado. Artículo 19. Requisitos. Artículo 20. Pérdida de la condición de entidad de voluntariado. Artículo 21. Derechos. Artículo 22. Deberes. Artículo 23. Obligaciones de las entidades de voluntariado relativas a la organización, gestión y funcionamiento. Artículo 24. Registro de altas y bajas de las personas voluntarias. Artículo 25. Catálogo de actividades de voluntariado. Artículo 26. De los programas de voluntariado. Artículo 27. Evaluación de los planes, programas y proyectos de voluntariado. Artículo 28. La formación continua para las personas voluntarias. Artículo 29. Acreditación identificativa de la persona voluntaria. Artículo 30. Certificación de los servicios de la actividad voluntaria prestados. Artículo 31. Responsabilidad extracontractual frente a terceros. Artículo 32. Colaboración en las organizaciones ciudadanas públicas sin ánimo de lucro.
TÍTULO IV. DE LAS PERSONAS DESTINATARIAS DE LA ACCIÓN VOLUNTARIA
Artículo 33. Las personas destinatarias de la acción voluntaria. Artículo 34. Derechos. Artículo 35. Deberes.
TÍTULO V. DEL FOMENTO Y RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD VOLUNTARIA
Artículo 36. Medidas de fomento. Artículo 37. De la promoción del voluntariado desde las empresas. Artículo 38. De la promoción del voluntariado desde las universidades de Extremadura. Artículo 39. Plan de formación anual para la actividad voluntaria. Artículo 40. Incentivos al voluntariado. Artículo 41. Reconocimiento de los servicios de la actividad voluntaria.
TÍTULO VI. DE LAS RELACIONES ENTRE LAS ORGANIZACIONES CIUDADANAS EN LAS QUE SE INTEGRAN LAS PERSONAS VOLUNTARIAS Y LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Artículo 42. Competencias y funciones de la Junta de Extremadura. Artículo 43. Colaboración de las entidades locales. Artículo 44. Cofinanciación pública en las actividades de voluntariado. Artículo 45. El Consejo Extremeño del Voluntariado. Artículo 46. El Observatorio Extremeño del Voluntariado. Artículo 47. Registro Central de Entidades de Voluntariado. Artículo 48. Escuela de Administración Pública de Extremadura: formación y conocimiento del voluntariado. Artículo 49. Red extremeña para las actividades voluntarias colaborativas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Voluntariado en el ámbito de la protección civil. D.A. 2ª. Régimen jurídico.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de las entidades de voluntariado. D.T. 2ª. Estatuto del voluntariado de Extremadura.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura. D.F. 2ª. Entrada en vigor.