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Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 31-12-2022

Tiempo de lectura: 28 min

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Abril de 2023

F. entrada en vigor: 01/01/2023

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 202214

F. Publicación: 31/12/2022

Documento oficial en PDF: Enlace


PREÁMBULO
TÍTULO I. APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 2. Créditos iniciales y financiación del presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma. Artículo 3. Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de los organismos autónomos. Artículo 4. Dotaciones iniciales y financiación de los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional. Artículo 5. Presupuesto consolidado de la Administración General de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos. Artículo 6. Distribución funcional del gasto.
CAPÍTULO II. Beneficios fiscales
Artículo 7. Beneficios fiscales.
TÍTULO II. MODIFICACIONES EN LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
CAPÍTULO I Normas generales
Artículo 8. Vinculación de los créditos. Artículo 9. Principio general. Artículo 10. Modificaciones de crédito entre la Administración General y organismos autónomos. Artículo 11. Modificaciones que afecten a los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración Pública Regional. Artículo 12. Modificaciones en los créditos del capítulo I. Artículo 13. Adecuaciones en los créditos financiados con ingresos finalistas. Artículo 14. Transferencias a corporaciones locales. Artículo 15. Competencias de los titulares de organismos autónomos. Artículo 16. Habilitación de partidas presupuestarias. Artículo 17. Adaptaciones técnicas del Presupuesto.
CAPÍTULO II. Ampliaciones, incorporaciones y generaciones de créditos
Artículo 18. Ampliaciones de crédito: supuestos generales. Artículo 19. Ampliaciones de crédito: supuestos específicos. Artículo 20. Ampliaciones de crédito: financiación. Artículo 21. Limitaciones a las modificaciones de crédito con ingresos finalistas.
TÍTULO III. GASTOS DE PERSONAL
CAPÍTULO I. Regímenes retributivos
Artículo 22. Retribuciones del personal al servicio del sector público regional. Artículo 23. Retribuciones del personal del sector público regional sometido a régimen administrativo y estatutario. Artículo 24. Masa salarial del personal laboral del sector público regional. Artículo 25. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral. Artículo 26. Retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos de la Administración Regional y personal directivo del sector público regional. Artículo 27. Retribuciones del personal funcionario al servicio de la Administración Regional. Artículo 28. Retribuciones del personal funcionario interino. Artículo 29. Retribuciones del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. Artículo 30. Retribuciones del personal eventual. Artículo 31. Normas especiales. Artículo 32. Adecuación de las retribuciones del personal al servicio del sector público regional a la normativa estatal básica.
CAPÍTULO III. Otras disposiciones en materia de gastos de personal
Artículo 33. Nombramiento y contratación de personal de carácter temporal. Artículo 34. Relaciones de puestos de trabajo. Artículo 35. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.
TÍTULO IV. GESTIÓN PRESUPUESTARIA
CAPÍTULO I. Normas sobre gestión presupuestaria
Artículo 36. Autorizaciones de gastos. Artículo 37. Proyectos de gasto. Artículo 38. Proyectos de gasto de subvenciones nominativas. Artículo 39. Transferencias de crédito de gastos con financiación afectada. Artículo 40. Transferencias de crédito como consecuencia de reorganizaciones administrativas. Artículo 41. Fiscalización de gastos y pagos. Artículo 42. Fondos de compensación interterritorial. Artículo 43. Gestión de los créditos correspondientes a la Política Agraria Común. Artículo 44. Medidas de fomento del patrimonio histórico y medidas de fomento social. Artículo 45. Créditos de procedimientos de emergencia ciudadana.
CAPÍTULO II. Cooperación con las entidades locales
Artículo 46. Remanentes en el Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal. Artículo 47. Bajas por adjudicación de obras municipales con financiación autonómica. Artículo 48. Fondo de financiación de las corporaciones locales menores de 5.000 habitantes. Artículo 49. Criterios de reparto de fondos.
CAPÍTULO III. Gestión de los presupuestos docentes
Artículo 50. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados. Artículo 51. Autorización de los costes de personal de las universidades públicas de la Región de Murcia.
TÍTULO V. OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO I. Deuda Pública
Artículo 52. Límite del endeudamiento. Artículo 53. Endeudamiento de organismos autónomos y entidades incluidas en el sector Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma. Artículo 54. Coordinación de la gestión de la tesorería de los organismos autónomos y demás entidades del sector público regional.
CAPÍTULO II. Avales
Artículo 55. Avales.
TÍTULO VI. NORMAS TRIBUTARIAS
CAPÍTULO I. Tributos cedidos
Artículo 56. Modificación del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre. Artículo 57. Modificación de la Ley 5/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales extraordinarias para el municipio de Lorca como consecuencia del terremoto de 11 de mayo de 2011.
CAPÍTULO II. Tributos propios
SECCIÓN 1.ª Recargo provincial sobre el impuesto de actividades económicas
Artículo 58. Modificación de la Ley 4/1991, de 26 de diciembre, de establecimiento y fijación del Recargo sobre el Impuesto de Actividades Económicas.
SECCIÓN 2.ª Tasas Regionales
Artículo 59. Cuantía de las tasas y precios públicos. Artículo 60. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio.
TÍTULO VII. INFORMACIÓN A LA ASAMBLEA REGIONAL
Artículo 61. Información a la Asamblea Regional. DISPOSICIONES ADICIONALES D.A. 1ª. Seguimiento de objetivos presupuestarios. D.A. 2ª. Imputación de gastos de ejercicios anteriores al presupuesto de 2023. D.A. 3ª. Tramitación anticipada de expedientes de gasto. D.A. 4ª. Bajas por adjudicación. D.A. 5ª. Transferencias de crédito que afecten a fondos del "Préstamo BEI terremoto de Lorca". D.A. 6ª. Transferencias de créditos financiados por la Administración General del Estado. D.A. 7ª. Incorporaciones de crédito en el presupuesto del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental. D.A. 8ª. Modificaciones de crédito relativas a gastos derivados del COVID-19. D.A. 9ª. Transferencias de crédito que afecten a gastos relativos a Planes de Vivienda. D.A. 10ª. Transferencias de crédito del Fondo de recursos presupuestarios. D.A. 11ª. Transferencias de crédito relativas a fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia incluidos en los fondos financiación regional. D.A. 12ª. Pagos a los centros docentes públicos no universitarios. D.A. 13ª. Suspensión de los pagos a favor de entidades del sector público que no cumplan el deber de información en materia de estabilidad presupuestaria. D.A. 14ª. Depuración de saldos antiguos por derechos pendientes de cobro. D.A. 15ª. Suspensión del artículo 55.6 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia. D.A. 16ª. Precios públicos a satisfacer por la prestación del servicio educativo en las Escuelas Infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.A. 17ª. Disposiciones en materia de función pública. D.A. 18ª. Suspensión temporal de pactos y acuerdos. D.A. 19ª. Indemnizaciones por asistencia a determinados órganos colegiados. D.A. 20ª. Medidas en materia de personal del sector público regional. D.A. 21ª. Carrera y promoción profesional del personal del Servicio Murciano de Salud. D.A. 22ª. Medidas de planificación y gestión de personal para la ejecución de proyectos financiables con fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación «Next Generation EU». D.A. 23ª. Remuneraciones aplicables a las sustituciones del personal sanitario destinado en los equipos de atención primaria. D.A. 24ª. Contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.A. 25ª. Integración del Registro de Licitadores y del Registro de Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. D.A. 26ª. Convenios o acuerdos que afecten al patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.A. 27ª. Pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles derivado de los bienes de titularidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.A. 28ª. Tramitación de determinados gastos derivados de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de enjuiciamiento civil; de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores; y de otras situaciones de emergencia social. D.A. 29ª. Subvenciones nominativas del Servicio Murciano de Salud. D.A. 30ª. Subvenciones nominativas de la Entidad Regional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales (ESAMUR). D.A. 31ª. Subvenciones nominativas del Instituto de Industrias Culturales y de las Artes de la Región de Murcia. D.A. 32ª. Subvenciones o anticipos reintegrables. D.A. 33ª. Líneas de anticipos. D.A. 34ª. Autorización de la celebración de grandes eventos que contribuyan a proyectar la imagen de la Región. D.A. 35ª. Conciertos sociales. D.A. 36ª. Procedimientos de emergencia ciudadana. D.A. 37ª. Subvenciones nominativas destinadas a atención temprana. D.A. 38ª. Contratos-programa. D.A. 39ª. Medidas de control sobre los gastos plurianuales y los gastos de tramitación anticipada de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional. D.A. 40ª. Control interno del sector público regional. D.A. 41ª. Elaboración de planes de acción. D.A. 42ª. Creación de entidades del sector público regional. D.A. 43ª. Reestructuración del sector público regional. D.A. 44ª. Régimen de extinción de las deudas no presupuestarias de los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, surgidas del pago de sus facturas a través de mecanismos extraordinarios de financiación y pago a proveedores. D.A. 45ª. Condonación de intereses de demora derivados de expedientes de reintegro de las ayudas concedidas al amparo del Real Decreto-Ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca. D.A. 46ª. Ayudas y actuaciones Programa FEDER 2021-2027. D.A. 47ª. Reasignación de la competencia de programación, gestión y contratación relativa a los proyectos de inversión en obras en el ámbito de los centros de atención primaria dependientes del Servicio Murciano de Salud. D.A. 48ª. Fiscalización de contratos laborales de personal docente.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 2/2012, de 11 de mayo, para la regulación del régimen de presupuestación y control en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de las ayudas concedidas en aplicación del Real Decreto-Ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia, así como en el Real Decreto-Ley 17/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen medidas complementarias para paliar los daños producidos por los movimientos sísmicos acaecidos en Lorca el 11 de mayo de 2011. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia. D.F. 4ª. Modificación del Decreto 306/2010, de 3 de diciembre, por el que se establecen la intensidad de protección de los servicios, la cuantía de las prestaciones económicas, las condiciones de acceso y el régimen de compatibilidad de las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.F. 5ª. Modificación del Decreto n.º 163/2017, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.F. 6ª. Modificación de disposiciones reglamentarias. D.F. 7ª. Desarrollo y ejecución de la Ley. D.F. 8ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Proyectos de gasto nominativos ANEXO II. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ANEXO III. Subvenciones nominativas del Servicio Murciano de Salud ANEXO IV. Subvenciones nominativas de ESAMUR ANEXO V. Subvenciones nominativas del ICA ANEXO VI. Actuaciones de fomento del patrimonio histórico Ley 4/1990 ANEXO VII. Inversiones en materia de servicios sociales Ley 3/2021 ANEXO VIII. Actuaciones procedimiento de emergencia PRESUPUESTO 2023