Legislación
Legislación

Ley 13/1988, de 31 de diciembre, de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña, de sus Entidades Autónomas y de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social para 1989. - Diario Oficial de Cataluña de 02-01-1989

Tiempo de lectura: 12 min

Tiempo de lectura: 12 min

Ambito: Cataluña

Estado: DEROGADO. Desde 31 de Marzo de 2017

Órgano emisor: COMUNIDAD AUTONOMA DE CATALUÑA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 1088

F. Publicación: 02/01/1989


Preambulo
CAPÍTULO I. Los créditos y sus modificaciones
Artículo 1. Los créditos iniciales y su financiación. Artículo 2. Modificaciones presupuestarias. Artículo 3. Vinculación de créditos del presupuesto del Instituto Catalán de la Salud. Artículo 4. Generación de créditos. Artículo 5. Créditos ampliables. Artículo 6. Normas sobre incorporaciones de créditos. Artículo 7. Créditos autorizados a favor de las Entidades autónomas.
CAPÍTULO II. Normas sobre gestión presupuestaria y gasto público
Artículo 8. Contratación directa de inversiones. Artículo 9. Subvenciones. Artículo 10. Estudios y trabajos técnicos. Artículo 11. Construcción o adquisición de inmuebles. Artículo 12. Ejecución anticipada de proyectos de inversión. Artículo 13. Obligaciones y ejercicios cerrados. Artículo 14. Identificación de proyectos de inversión. Artículo 15. Mandamientos de pagos a justificar. Artículo 16. Recurrencia de gastos en ejercicios futuros. Artículo 17. Limitación del aumento del gasto público. Artículo 18. Programa para el fomento de la ocupación. Artículo 19. Financiación del plan cuatrienal de inversiones de las Universidades.
CAPÍTULO III. Gastos de personal
Artículo 20. Retribuciones del personal en activo. Artículo 21. Complemento personal transitorio. Artículo 22. Complemento de productividad. Artículo 23. Gratificaciones por servicios extraordinarios. Artículo 24. Limitación del aumento de gastos de personal. Artículo 25. Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 26. Catálogos de puestos de trabajo. Artículo 27. Pensiones.
CAPÍTULO IV. Operaciones financieras
Artículo 28. Avales. Artículo 29. Operaciones de endeudamiento. Artículo 30. Envío de información al Departamento de Economía y Finanzas.
CAPÍTULO V. Normas tributarias sobre tasas y demás exacciones
Artículo 31. Actualización de las tasas con tipos de cuantía fija. Artículo 32. Exenciones. Artículo 33. Determinación de la tarifa del canon de saneamiento. Artículo 34. Participación en ingresos. Artículo 35.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª. D.A. 3ª. D.A. 4ª. D.A. 5ª. D.A. 6ª. D.A. 7ª. D.A. 8ª. D.A. 9ª. D.A. 10ª. D.A. 11ª. D.A. 12ª. D.A. 13ª. D.A. 14ª. D.A. 15ª. D.A. 16ª. D.A. 17ª. D.A. 18ª. D.A. 19ª. D.A. 20ª. D.A. 21ª. D.A. 22ª. D.A. 23ª. D.A. 24ª. D.A. 25ª. D.A. 26ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Retribuciones de funcionarios con puestos de trabajo no catalogados. D.T. 2ª. Retribuciones del personal contratado administrativo.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª. D.F. 3ª. D.F. 4ª. ANEXO 1 ANEXO 2