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LEY 17/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2004. [2003/13937] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 31-12-2003

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2004

F. entrada en vigor: 01/01/2004

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 4661

F. Publicación: 31/12/2003

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO I. DE LA APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
CAPÍTULO I. Contenido, créditos iniciales
Artículo 1. Contenido. Artículo 2. Créditos iniciales. Artículo 3. Financiación de los créditos iniciales.
CAPÍTULO II. Beneficios fiscales
Artículo 4. Beneficios fiscales.
TÍTULO II. DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA DE LOS GASTOS
CAPÍTULO I. Normas generales de la gestión
Artículo 5. Créditos en función de objetivos y programas. Artículo 6. Principios de gestión. Artículo 7. Carácter limitativo de los créditos. Artículo 8. Gestión integrada y su contabilización. Artículo 9. Ejecución anticipada de proyectos de inversión.
CAPÍTULO II. Gestión de los presupuestos docentes no universitarios
Artículo 10. Gestión económica en los centros docentes públicos no universitarios. Artículo 11. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados. Artículo 12. Contratación de profesores de ampliación de plantilla. Artículo 13. Control financiero de los centros docentes públicos no universitarios
CAPÍTULO III. Gestión de los presupuestos universitarios
Artículo 14. Régimen de la subvención por gasto corriente a las Universidades Públicas de la Comunidad Valenciana. Artículo 15. Financiación de los Planes de Inversiones de las Universidades.
CAPÍTULO IV. Gestión de los créditos para gastos de reconocimiento preceptivo
Artículo 16. Competencias del conseller de Economía, Hacienda y Empleo.
CAPÍTULO V. Normas para la modificación de los presupuestos
Artículo 17. Principios generales. Artículo 18. Competencias del Consell para autorizar modificaciones presupuestarias. Artículo 19. Competencias de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo para autorizar modificaciones presupuestarias. Artículo 20. Competencias de los consellers para autorizar modificaciones presupuestarias. Artículo 21. Instrumentación y ejecución de las modificaciones presupuestarias.
TÍTULO III. DE LOS GASTOS DE PERSONAL
CAPÍTULO ÚNICO. Delimitación del Sector Público Valenciano y régimen retributivo de aplicación al mismo
Artículo 22. Delimitación del Sector Público Valenciano. Artículo 23. Normas generales del régimen retributivo. Artículo 24. Retribuciones de los altos cargos del Consell y de la Administración de la Generalitat Valenciana. Artículo 25. Indemnización por cese a los altos cargos del Consell y de la Administración de la Generalitat Valenciana que no accedan de forma inmediata a un puesto de trabajo en cualquier sector de actividad pública o privada. Artículo 26. Retribuciones para 2004 de los funcionarios de la Generalitat Valenciana. Artículo 27. Retribuciones del personal al servicio de las instituciones sanitarias. Artículo 28. Retribuciones del personal laboral. Artículo 29. Retribuciones del personal eventual. Artículo 30. De la Oferta de Empleo Público. Artículo 31. De la contratación de personal laboral con cargo a los créditos para inversiones.
TÍTULO IV. GESTIÓN DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES Y DE CAPITAL
CAPÍTULO ÚNICO. De las transferencias
Artículo 32. Transferencias corrientes y de capital excepcionadas del régimen general.
TÍTULO V. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO ÚNICO. Deuda pública, operaciones de tesorería y avales de la Generalitat Valenciana
Artículo 33. De la Deuda pública. Artículo 34. De la Deuda pública a corto plazo. Artículo 35. Avales de la Generalitat. Artículo 36. Asunción por la Generalitat Valenciana de la carga de la Deuda para 2004, de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana. Artículo 37. De los límites a las operaciones de crédito.
TÍTULO VI. DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
CAPÍTULO I. De los impuestos indirectos
Artículo 38. Canon de saneamiento.
CAPÍTULO II. De las tasas y otros ingresos
Artículo 39. Tasa sobre el juego. Artículo 40. Tasas propias y otros ingresos de derecho público.
TÍTULO VII. DE LA INFORMACIÓN A LAS CORTES VALENCIANAS
CAPÍTULO ÚNICO. De la información a las Comisiones de las Cortes Valencianas
Artículo 41. De la información de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Presupuestos de las Cortes Valencianas, la Sindicatura de Cuentas, el Consejo Valenciano de Cultura, el Síndico de Agravios, el Consejo Jurídico Consultivo y Academia Valenciana de la Lengua. D.A. 2ª. Agricultores jubilados titulares de explotaciones agrarias. D.A. 3ª. De la adecuación de los complementos específicos. D.A. 4ª. De la estructura de la contabilidad presupuestaria. D.A. 5ª. Porcentaje a aplicar en los Convenios para la Compensación Financiera. D.A. 6ª. Imputación de obligaciones reconocidas al presupuesto 2004. D.A. 7ª. De la información a suministrar por las entidades autónomas de carácter industrial, comercial, financiero o análogo, las empresas públicas y las fundaciones públicas de la Generalitat Valenciana. D.A. 8ª .Aportaciones de capital con cargo a los presupuestos de la Generalitat Valenciana. D.A. 9ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Retribuciones del personal laboral D.T. 2ª. Del Ente Gestor de la Red de Transporte de la Generalitat Valenciana
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Coordinación con diputaciones. D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución de la presente Ley. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ANEXO II. Distribución de la subvención corriente entre las universidades públicas competencia de la Generalitat Valenciana ANEXO III. Cuantías mensuales de los componentes del complemento específico del personal facultativo de EAP ANEXO IV. Cuadros de los estados de ingresos y gastos de los Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2004