LEY 17/2010, de 3 de junio, de la lengua de signos catalana. - Diario Oficial de Cataluña de 10-06-2010
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Junio de 2010
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 5647
F. Publicación: 10/06/2010
Preambulo
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la Ley
Artículo 2. Finalidades de la Ley
Artículo 3. Definiciones
CAPÍTULO II. Derecho de uso, aprendizaje, docencia, investigación e interpretación de la lengua de signos
Artículo 4. El uso de la lengua de signos en los servicios de carácter público
Artículo 5. El aprendizaje de la lengua de signos catalana
Artículo 6. La docencia y la investigación en la lengua de signos catalana
Artículo 7. La interpretación de la lengua de signos catalana
CAPÍTULO III. Órganos de difusión, normativización y participación social
Artículo 8. Fomento y difusión de la lengua de signos catalana
Artículo 9. Dirección, planificación y coordinación interdepartamental de la política lingüística con relación a la lengua de signos catalana
Artículo 10. Autoridad normativa
Artículo 11. Consejo Social de la Lengua de Signos Catalana
Disposiciones adicionales
D.A. 1ª. Normativa complementaria
D.A. 2ª. Acceso a la modalidad educativa bilingüe
Disposiciones finales
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario
D.F. 2ª. Entrada en vigor