Ley 17/2010, de 29 de diciembre, de las Familias Numerosas de Castilla-La Mancha y de la Maternidad. [2010/21695] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 31-12-2010
Índice
Texto
Ambito: Castilla-La Mancha
Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Marzo de 2015
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 251
F. Publicación: 31/12/2010
Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Principios informadores.
Artículo 4. Información.
Artículo 5. Órganos y competencias.
CAPÍTULO II. Acción protectora a las familias numerosas
Artículo 6. Concepto, condiciones y categorías de familias numerosas.
Artículo 7. Requisitos de renta.
Artículo 8. Ayuda económica directa.
Artículo 9. Ayudas al transporte.
Artículo 10. Asociacionismo.
Artículo 11. Ventajas en el acceso a servicios sociales.
Artículo 12. Apoyo al disfrute de los derechos derivados de la maternidad y paternidad y para la participación en programas derivados de las políticas activas de empleo.
Artículo 13. Ayuda a domicilio en casos de nacimiento o adopción múltiple.
Artículo 14. Condición de familia numerosa en procesos de adjudicación de plazas en centros escolares y de concesión de ayudas y becas al estudio.
Artículo 15. Ventajas en los servicios de aula matinal y comedor escolar.
Artículo 16. Medidas en materia de vivienda.
Artículo 17. Bonificaciones en el acceso a actividades culturales, deportivas, de ocio y tiempo libre.
Artículo 18. Observatorio Regional de la Familia.
CAPÍTULO III. Atención social a la mujer embarazada
Artículo 19. Función social de la maternidad.
Artículo 20. Derecho de la mujer embarazada a recibir información y apoyo.
Artículo 21. De la prioridad de la mujer embarazada en las políticas asistenciales y educativas.
Artículo 22. De la publicidad de las medidas de apoyo a la mujer embarazada y la concienciación social.
Artículo 23. De las medidas de apoyo a la mujer embarazada.
Artículo 24. Información a través de las nuevas tecnologías.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.