Legislación
Legislación

LEY 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón - Boletín Oficial de Aragón de 11-01-2019

Tiempo de lectura: 13 min

Tiempo de lectura: 13 min

Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Enero de 2019

F. entrada en vigor: 12/01/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 7

F. Publicación: 11/01/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Principios. Artículo 4. Definiciones. Artículo 5. Observatorio aragonés contra la discriminación por orientación sexual, expresión o identidad de género. Artículo 6. Reconocimiento, apoyo institucional y concienciación social. Artículo 7. Cláusula general antidiscriminatoria. Artículo 8. Carácter transversal de las políticas públicas de integración y no discriminación.
TÍTULO I. POLÍTICAS PÚBLICAS PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE ORIENTACIÓN SEXUAL, EXPRESIÓN O IDENTIDAD DE GÉNERO DE LAS PERSONAS LGTBI
CAPÍTULO I. MEDIDAS EN EL ÁMBITO SOCIAL
Artículo 9. Apoyo y protección a colectivos vulnerables. Artículo 10. Atención a víctimas de violencia por homofobia, lesbofobia, bifobia, transfobia, homofamilifobia y transfamilifobia.
CAPÍTULO II. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA SALUD
Artículo 11. Protección del derecho a la salud física, mental, sexual y reproductiva. Artículo 12. Atención sanitaria y reproductiva. Artículo 13. Formación de profesionales sanitarios. Artículo 14. Medidas de prevención de infecciones de transmisión sexual. Artículo 15. Consentimiento. Artículo 16. Documentación.
CAPÍTULO III. MEDIDAS EN EL ÁMBITO LABORAL Y DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Artículo 17. Políticas de fomento de la igualdad de oportunidades, respeto a la diversidad y a la no discriminación en el empleo. Artículo 18. La realidad LGTBI en el ámbito de la responsabilidad social empresarial.
CAPÍTULO IV. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA EDUCACIÓN
Artículo 19. Plan integral sobre educación y diversidad LGTBI. Artículo 20. Planes y contenidos educativos. Artículo 21. Acciones de formación, divulgación, información y sensibilización. Artículo 22. Protocolo de prevención de comportamientos y actitudes discriminatorios por homofobia, lesbofobia, bifobia, transfobia, interfobia y homofamilifobia. Artículo 23. Universidad.
CAPÍTULO V. MEDIDAS EN EL ÁMBITO FAMILIAR
Artículo 24. Protección de la diversidad familiar. Artículo 25. Adopción y acogimiento familiar. Artículo 26. Violencia en el ámbito familiar.
CAPÍTULO VI. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA JUVENTUD
Artículo 27. Protección de jóvenes LGTBI.
CAPÍTULO VII. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA CULTURA, DEL OCIO Y DEL TIEMPO LIBRE
Artículo 28. Promoción de una cultura inclusiva. Artículo 29. Ocio y tiempo libre.
CAPÍTULO VIII. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL DEPORTE
Artículo 30. Promoción de la diversidad y la inclusión. Artículo 31. Medidas que afectan a las entidades deportivas. Artículo 32. Medidas de actuación desarrolladas con las instituciones deportivas que regulan y organizan la competición deportiva. Artículo 33. Medidas sobre el deporte como espectáculo y su proyección pública en la sociedad.
CAPÍTULO IX. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO
Artículo 34. Cooperación internacional al desarrollo.
CAPÍTULO X. COMUNICACIÓN
Artículo 35. Tratamiento igualitario de la información y la comunicación. Artículo 36. Código deontológico.
CAPÍTULO XI. MEDIDAS EN EL ÁMBITO POLICIAL
Artículo 37. Protocolo de atención policial ante delitos de odio.
TÍTULO II. MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD REAL Y EFECTIVA DE PERSONAS LESBIANAS, GAIS, TRANS, BISEXUALES E INTERSEXUALES
CAPÍTULO I. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Artículo 38. Documentación. Artículo 39. Contratación administrativa y subvenciones. Artículo 40. Formación de las empleadas y los empleados públicos. Artículo 41. Evaluación de impacto sobre orientación sexual, expresión o identidad de género. Artículo 42. Criterio de actuación de la Administración.
CAPÍTULO II. DERECHO DE ADMISIÓN
Artículo 43. Derecho de admisión.
CAPÍTULO III. MEDIDAS DE TUTELA ADMINISTRATIVA
Artículo 44. Disposiciones generales. Artículo 45. Concepto de persona interesada en el procedimiento administrativo. Artículo 46. Inversión de la carga de la prueba.
TÍTULO III. RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I. INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 47. Responsabilidad. Artículo 48. Concurrencia con el Orden jurisdiccional penal. Artículo 49. Infracciones. Artículo 50. Reincidencia. Artículo 51. Sanciones. Artículo 52. Graduación de las sanciones. Artículo 53. Prescripción. Artículo 54. Publicidad de las sanciones. Artículo 55. Competencia. Artículo 56. Procedimiento sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Adaptación de la Ley. D.A. 2ª. Impacto social de la Ley.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 2/2009, de 11 mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión. D.F. 3ª. Modificación del texto refundido de las Leyes civiles aragonesas que, con el título de "Código del Derecho Foral de Aragón", se aprueba por Decreto Legislativo 1/2011, de 22 marzo. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón. D.F. 5ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 6ª. Entrada en vigor.