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Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias. - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 15-03-1995

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Asturias

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 1998

F. entrada en vigor: 04/04/1995

Órgano emisor: COMUNIDAD AUTONOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 61

F. Publicación: 15/03/1995


PREÁMBULO
CAPÍTULO I. De los principios y normas generales de la actuación de la Administración del Principado de Asturias
Artículo 1. Principios generales. Artículo 2. Programación administrativa. Artículo 3. Auditorías. Artículo 4. Derechos de los ciudadanos. Artículo 5. Derecho de información. Artículo 6. Derecho a no reiteración de la documentación. Artículo 7. Derecho de acceso a los archivos y registros. Artículo 8. Registros. Artículo 9. Unidad de expediente.
CAPÍTULO II. De las relaciones de la Administración del Principado de Asturias con otras Administraciones públicas
Artículo 10. Instrumentos de colaboración. Artículo 11. Convenios de colaboración. Artículo 12. De los convenios con otras Comunidades Autónomas.
CAPÍTULO III. De los órganos de la Administración del Principado de Asturias
Sección 1.ª Creación de órganos administrativos
Artículo 13. Procedimiento.
Sección 2.ª Competencias de los órganos de la Administración del Principado de Asturias y su ejercicio
Artículo 14. Competencias. Artículo 15. Delegación de competencias. Artículo 16. Régimen jurídico de la delegación. Artículo 17. Avocación. Artículo 18. Encomienda de gestión. Artículo 19. Delegación de firma.
CAPÍTULO IV. De los actos administrativos y su revisión
Sección 1.ª Actos administrativos
Artículo 20. Regla general. Artículo 21. Forma de las disposiciones y actos de la Administración del Principado. Artículo 22. Comunicaciones y notificaciones. Artículo 23. Ejecución forzosa de los actos administrativos.
Sección 2.ª Revisión de actos en vía administrativa
Artículo 24. Regla general. Artículo 25. Revisión de actos nulos y anulables. Artículo 26. Actos que agotan la vía administrativa. Artículo 27. Recursos contra actos que no agotan la vía administrativa. Artículo 28. Recursos contra actos de los titulares de las Consejerías. Artículo 29. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 30. Reclamaciones económico-administrativas. Artículo 31. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.
CAPÍTULO V. Del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general
Artículo 32. Iniciación. Artículo 33. Tramitación. Artículo 34. Aprobación.
CAPÍTULO VI. De la potestad sancionadora
Artículo 35. Ejercicio de la potestad sancionadora.
CAPÍTULO VII. De la contratación administrativa en la Administración del Principado de Asturias
Artículo 36. Regla general. Artículo 37. Órgano competente. Artículo 38. Autorización del Consejo de Gobierno en materia de contratación. Artículo 39. Mesa de contratación. Artículo 40. Constitución de fianzas. Artículo 41. Registro de contratos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª. D.A. 3ª. D.A. 4ª. D.A. 5ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.