Legislación
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Ley 2/2015, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 12-01-2016

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Régimen jurídico. Artículo 3. Disponibilidades presupuestarias. Artículo 4. Régimen de compatibilidad de las ayudas y financiación. Artículo 5. Personas y entidades beneficiarias.
TÍTULO I. Programa Emple@Joven y Emple@30+
SECCIÓN 1.ª Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria Emple@Joven y Emple@30+
Artículo 6. Objeto del programa. Artículo 7. Entidades beneficiarias. Artículo 8. Personas destinatarias. Artículo 9. Gasto subvencionable y cuantía de la ayuda. Artículo 10. Obligaciones de las entidades beneficiarias. Artículo 11. Requisitos y criterios para la selección de las personas participantes. Artículo 12. Contratación de las personas destinatarias. Artículo 13. Modificación de los contratos y sustitución de las personas contratadas. Artículo 14. Comienzo de la iniciativa y su acreditación.
SECCIÓN 2.ª Becas para el desarrollo de prácticas profesionales en empresas
Artículo 15. Objeto. Artículo 16. Personas beneficiarias. Artículo 17. Entidad colaboradora. Artículo 18. Entidades asociadas. Artículo 19. Cuantía y pago. Artículo 20. Inscripción en el Programa. Artículo 21. Gestión y desarrollo de las prácticas profesionales. Artículo 22. Características de las prácticas profesionales. Artículo 23. Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias. Artículo 24. Obligaciones de la UNIA. Artículo 25. Obligaciones de las personas o entidades asociadas. Artículo 26. Suspensión de la práctica profesional.
SECCIÓN 3.ª Ayudas para la contratación de personas titulares del Bono de Empleo Joven
Artículo 27. Objeto. Artículo 28. Entidades beneficiarias. Artículo 29. Personas titulares de un Bono de Empleo Joven. Artículo 30. Cuantía de la ayuda. Artículo 31. Número de Bonos. Artículo 32. Requisitos del contrato formalizado con las personas titulares de un Bono de Empleo Joven. Artículo 33. Obligaciones de las personas o entidades beneficiarias. Artículo 34. Extinción de la relación laboral y sustitución de las personas titulares de un Bono de Empleo Joven.
SECCIÓN 4.ª Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo
Artículo 35. Objeto. Artículo 36. Entidades beneficiarias. Artículo 37. Gasto subvencionable y cuantías de las ayudas. Artículo 38. Obligaciones de las entidades beneficiarias. Artículo 39. Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo. Artículo 40. Criterios de valoración. Artículo 41. Requisitos y criterios para la selección de las personas candidatas. Artículo 42. Contratación de las personas destinatarias por parte de las entidades beneficiarias. Artículo 43. Modificación de los contratos y sustitución de las personas contratadas. Artículo 44. Comienzo de la iniciativa y su acreditación. Artículo 45. Renuncia por las entidades beneficiarias.
SECCIÓN 5.ª Incentivos a la contratación indefinida de jóvenes
Artículo 46. Incentivos a la contratación indefinida de personas jóvenes. Artículo 47. Sustitución de las personas contratadas.
TÍTULO II. Incentivos a la contratación indefinida para personas mayores de 45 años
Artículo 48. Objeto del programa. Artículo 49. Entidades beneficiarias. Artículo 50. Cuantía de la ayuda. Artículo 51. Condiciones del contrato laboral. Artículo 52. Extinción y sustitución de la relación laboral. Artículo 53. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
TÍTULO III. Incentivos al retorno del talento
Artículo 54. Objeto del programa. Artículo 55. Personas y entidades beneficiarias. Artículo 56. Tipos de ayudas. Artículo 57. Incentivos a la contratación de personas retornadas. Artículo 58. Condiciones del contrato laboral. Artículo 59. Ayuda asociada al traslado de residencia de las personas contratadas.
TÍTULO IV. Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo
Artículo 60. Objeto del programa. Artículo 61. Ámbito subjetivo de aplicación del programa. Artículo 62. Líneas del programa. Artículo 63. Línea 1. Fomento del trabajo autónomo. Artículo 64. Línea 2. Promoción del trabajo autónomo. Artículo 65. Criterios de valoración. Artículo 66. Obligaciones específicas de las personas o entidades beneficiarias.
TÍTULO V. Procedimiento de concesión
Artículo 67. Procedimiento general de concesión.
CAPÍTULO I. Solicitudes
Artículo 68. Solicitud. Artículo 69. Lugares y medio de presentación de solicitudes. Artículo 70. Plazo de presentación de solicitudes. Artículo 71. Documentación para las Iniciativas de los Programas Emple@Joven y Emple@30+. Artículo 72. Documentación para los incentivos a la contratación de personas mayores de 45 años. Artículo 73. Documentación para los incentivos al retorno del talento. Artículo 74. Documentación para las ayudas del Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo. Artículo 75. Requisitos de la documentación. Artículo 76. Subsanación de solicitudes.
CAPÍTULO II. Instrucción y tramitación
SECCIÓN 1.ª Del procedimiento de concesión de las ayudas e incentivos regulados en las Secciones 1.ª, 2.ª, 3.ª y 5.ª del Título I, Título II y Título III
Artículo 77. Órgano competente para la instrucción y resolución. Artículo 78. Tramitación.
SECCIÓN 2.ª Del procedimiento de concesión de las ayudas e incentivos regulados en la Sección 4.ª del Título I y Título IV
Artículo 79. Órgano competente para la instrucción y resolución. Artículo 80. Tramitación.
SECCIÓN 3.ª Audiencia y propuesta provisional de resolución
Artículo 81. Audiencia, reformulación, aportación de documentación y aceptación. Artículo 82. Propuesta definitiva de resolución.
CAPÍTULO III. Resolución, pago y justificación
Artículo 83. Resolución del procedimiento. Artículo 84. Notificación y publicación. Artículo 85. Modificación de la resolución de concesión. Artículo 86. Forma y secuencia de pago. Artículo 87. Documentación justificativa.
CAPÍTULO IV. Reintegro y régimen sancionador
Artículo 88. Reintegro. Artículo 89. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Formalización de contratos con personas con discapacidad. D.A. 2ª. Dotación de medios para la gestión de los Programas. D.A. 3ª. Plataformas para la inscripción. D.A. 4ª. Personas inscritas en la Iniciativa Activa Empleo Joven, convocatoria 2014. D.A. 5ª. Determinación municipalizada de los fondos destinados a la Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria Emple@Joven y Emple@30+. D.A. 6ª. Difusión de las entidades beneficiarias de las ayudas para la contratación de personas titulares del Bono de Empleo Joven.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio de los procedimientos de concesión de subvenciones de los Programas Emple@Joven y Emple@30+. D.T. 2ª. Régimen transitorio de los expedientes iniciados dentro de la línea de ayuda del Bono de Empleo Joven con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley. D.T. 3ª. Efectos de la presentación de solicitudes de las ayudas reguladas en la Sección 1.ª del Título I del Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación. D.F. 2ª. Entrada en vigor. ANEXO I. SUBVENCIONES NO COMPETITIVAS DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO ANEXO II. PROGRAMA DE FOMENTO Y CONSOLIDACIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO ANEXO III. FORMULARIO DE ALEGACIONES ANEXO IV. SUBVENCIONES COMPETITIVAS DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO