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Ley 2/2023, de 10 de febrero, de Atención Temprana en Castilla-La Mancha. [NID 2023/1266] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 16-02-2023

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 16/03/2023

Órgano emisor: Presidencia de la Junta

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 33

F. Publicación: 16/02/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Artículo 4. Objetivos de los servicios de atención temprana. Artículo 5. Principios rectores de los servicios de atención temprana.
CAPÍTULO II. Planificación, estructura y organización de la atención temprana
Artículo 6. Niveles y modalidades de intervención en los servicios de atención temprana. Artículo 7. Red Pública de servicios de atención temprana. Artículo 8. El equipo de atención temprana: composición y funciones. Artículo 9. Competencias de las consejerías de la Administración regional implicadas en atención temprana. Artículo 10. Transición al sistema educativo. Artículo 11. Finalización de la intervención en los servicios de atención temprana.
CAPÍTULO III. Participación de las familias
Artículo 12. Implicación de las familias en los servicios de atención temprana. Artículo 13. Compromiso de colaboración.
CAPÍTULO IV. Coordinación y Gobernanza
Artículo 14. Coordinación interadministrativa. Artículo 15. La Mesa de Atención Temprana. Composición y funciones. Artículo 16. Comisiones Técnicas Provinciales de Atención Temprana.
CAPÍTULO V. Formación, Innovación y calidad
Artículo 17. Formación. Artículo 18. Investigación. Artículo 19. Innovación. Artículo 20. Reconocimientos y premios. Artículo 21. Gestión de la calidad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Protección de datos y seguridad en el uso de las tecnologías. D.A. 2ª. Régimen sancionador. D.A. 3ª. Plazo para la elaboración de protocolos.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha. D.F. 2ª. Habilitación normativa. D.F. 3ª. Entrada en vigor.