Ley 209 Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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b) Reconocimiento de filiación. La revocación de un acto mortis causa no afectará a la validez y eficacia, en su caso, del reconocimiento de la filiación que en ella se contuviere.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley Foral 5/1987, de 1 de abril, por la que se modifica la Compilación de Derecho Civil Foral o Fuero Nuevo de Navarra.
(NA de 06-04-1987) en vigor desde 26-04-1987
