LEY 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y a la documentación clínica. - Diario Oficial de Cataluña de 11-01-2001
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Abril de 2024
F. entrada en vigor: 31/01/2001
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALIDAD
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 3303
F. Publicación: 11/01/2001
CAPÍTULO 1. Las disposiciones directivas
Artículo 1. Objeto.
CAPÍTULO 2. El derecho a la información
Artículo 2. Formulación y alcance del derecho a la información asistencial.
Artículo 3. El titular del derecho a la información asistencial.
Artículo 4. Formulación del derecho a la información epidemiológica.
CAPÍTULO 3. Derecho a la intimidad
Artículo 5. Formulación y alcance del derecho a la intimidad.
CAPÍTULO 4. Respeto al derecho a la autonomía del paciente
Artículo 6. El consentimiento informado.
Artículo 7. Excepciones a la exigencia del consentimiento y otorgamiento del consentimiento por sustitución.
Artículo 8. Las voluntades anticipadas.
CAPÍTULO 5. Sobre la historia clínica
Artículo 9. Definición y tratamiento de la historia clínica.
Artículo 10. Contenido de la historia clínica.
Artículo 11. Usos de la historia clínica.
Artículo 12. La conservación de la historia clínica.
CAPÍTULO 6. Derechos en relación con la historia clínica
Artículo 13. Derechos de acceso a la historia clínica.
Artículo 14. Derechos en relación con el contenido de la historia clínica.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.