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LEY 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. - Diario Oficial de Cataluña de 03-01-2006

Tiempo de lectura: 29 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Mayo de 2018

F. entrada en vigor: 03/01/2006

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 4543

F. Publicación: 03/01/2006


PREÁMBULO
TÍTULO I. De las definiciones y de los principios generales
CAPÍTULO I. Definiciones y ámbito de aplicación
Artículo 1. Definiciones Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo
CAPÍTULO II. Principios generales
Artículo 3. Libertad de comunicación audiovisual Artículo 4. Libre elección Artículo 5. Pluralismo en la comunicación audiovisual Artículo 6. Servicio público de comunicación audiovisual Artículo 7. Veracidad informativa Artículo 8. Protección de los derechos fundamentales Artículo 9. Protección de la infancia y la juventud Artículo 10. Propiedad intelectual Artículo 11. Derecho de rectificación Artículo 12. Derechos de los ciudadanos ante el Consejo del Audiovisual de Cataluña Artículo 13. Unidad del espacio audiovisual y acceso universal a la información Artículo 14. Formación en comunicación audiovisual Artículo 15. Libertad de recepción y principios de integración normativa Artículo 16. Neutralidad tecnológica
TÍTULO II. Del espacio radioeléctrico
Artículo 17. Consideración audiovisual del uso del espacio radioeléctrico Artículo 18. Planificación del espacio radioeléctrico Artículo 19. Contenidos de los planes técnicos Artículo 20. Gestión de los planes técnicos Artículo 21. Principios de la planificación y la gestión Artículo 22. Participación de la Generalidad en la planificación estatal
TÍTULO III. Del servicio público audiovisual en Cataluña
SECCIÓN PRIMERA. El servicio público audiovisual en Cataluña
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 23. Definición general y alcance del servicio público de comunicación audiovisual Artículo 24. Las misiones de servicio público Artículo 25. Obligaciones de los prestadores públicos
CAPÍTULO II. El servicio público audiovisual de competencia de la Generalidad
Artículo 26. Las misiones del servicio público audiovisual de la Generalidad Artículo 27. El servicio público audiovisual y el uso de las nuevas tecnologías Artículo 28. Garantía de la presencia del servicio público de comunicación audiovisual en los distintos sistemas de distribución Artículo 29. Principios de organización y funcionamiento de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales Artículo 30. Instrumentos para garantizar el cumplimiento de la función de servicio público Artículo 31. La financiación de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Generalidad
CAPÍTULO III. El servicio público audiovisual de ámbito local
Artículo 32. Definición, alcance y forma de gestión del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito local Artículo 33. Principios de organización y funcionamiento del servicio público audiovisual de ámbito local Artículo 34. La financiación del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito local
TÍTULO IV. De la ordenación de la prestación de servicios de comunicación audiovisual por parte de sujetos privados
SECCIÓN PRIMERA. La ordenación de la prestación de servicios de comunicación audiovisual por parte de sujetos privados
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 35. Principios básicos Artículo 36. Obligaciones generales de los sujetos que participan en la prestación de los servicios de comunicación audiovisual Artículo 37. La prestación privada de servicios de comunicación audiovisual
CAPÍTULO II. Garantía del pluralismo y control de las concentraciones en la comunicación audiovisual
Artículo 38. Disposiciones generales Artículo 39. Definiciones Artículo 40. Instrumentos de garantía del pluralismo Artículo 41. Modificación de la estructura accionarial o empresarial de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual Artículo 42. Medidas correctoras Artículo 43. Operadores con posición de dominio o influencia dominante Artículo 44. Definición de mercados relevantes y revisión de los límites y criterios de garantía del pluralismo Artículo 45. Transparencia
CAPÍTULO III. Régimen de la licencia para prestar servicios de comunicación audiovisual mediante el uso del espectro radioeléctrico
Artículo 46. Licencia para prestar servicios de comunicación audiovisual Artículo 47. Objeto de la licencia de un canal múltiple Artículo 48. Finalidad de la licencia Artículo 49. Condiciones previas de la licencia Artículo 50. Convocatoria de los concursos Artículo 51. Procedimiento de otorgamiento Artículo 52. Criterios de adjudicación de la licencia Artículo 53. Contenido de la licencia Artículo 54. Obligaciones de los titulares de la licencia Artículo 55. Vigencia y renovación de la licencia Artículo 56. La intransmisibilidad de la licencia Artículo 57. Revisión de la licencia Artículo 58. Extinción de la licencia Artículo 59. Ineficacia sobrevenida por incumplimiento de las condiciones de la licencia
CAPÍTULO IV. Régimen para prestar los servicios de comunicación audiovisual mediante tecnologías distintas al espectro radioeléctrico
Artículo 60. Sujeción a comunicación previa Artículo 61. Comunicación previa Artículo 62. Finalidad de la comunicación Artículo 63. Procedimiento Artículo 64. Contenido de la comunicación
CAPÍTULO V. Obligaciones de los distribuidores de los servicios de comunicación audiovisual
Artículo 65. Obligaciones de información Artículo 66. Obligaciones de transmisión obligatoria Artículo 67. Reserva de espacio a programadores independientes Artículo 68. Garantías de acceso universal de los usuarios a la oferta de servicios de comunicación audiovisual Artículo 69. Tecnologías de limitación de acceso
CAPÍTULO VI. Servicios de comunicación audiovisual sin ánimo de lucro
Artículo 70. Reserva de espacio público de comunicación Artículo 71. Medidas de fomento
CAPÍTULO VII. Acceso a la información de la actividad audiovisual privada de interés general previa solicitud
Artículo 72. Garantías de acceso previa solicitud Artículo 73. Denegación de solicitudes de información Artículo 74. Gratuidad de la información
CAPÍTULO VIII. Difusión de la información sobre el sector audiovisual
Artículo 75. Responsabilidad del servicio de difusión de información Artículo 76. Intercambio de información con otras autoridades y poderes públicos
TÍTULO V. De la regulación de los contenidos audiovisuales
Artículo 77. Instrumentos para regular los contenidos audiovisuales Artículo 78. Corregulación de los contenidos audiovisuales Artículo 79. Fomento de la autorregulación Artículo 80. Principios básicos de la regulación de los contenidos audiovisuales Artículo 81. Protección de la infancia y la juventud Artículo 82. Comunicaciones de interés público Artículo 83. Señalización de los contenidos audiovisuales Artículo 84. Acceso de las personas con discapacidad a la comunicación audiovisual Artículo 85. Acontecimientos de interés general Artículo 86. Obligaciones con relación a la presencia de la lengua y cultura catalanas y del aranés en la comunicación audiovisual Artículo 87. Obligaciones en materia de difusión de obras audiovisuales europeas Artículo 88. Derechos de los usuarios de servicios de comunicación audiovisual Artículo 89. Pluralismo e información ciudadana
TÍTULO VI. De la publicidad, la televenta y el patrocinio
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 90. Definiciones Artículo 91. Finalidades de la regulación de la publicidad, la televenta y el patrocinio Artículo 92. Publicidad y televenta ilícitas Artículo 93. Publicidad y televenta prohibidas Artículo 94. Publicidad y televenta encubiertas
CAPÍTULO II. Forma y presentación de la publicidad y la televenta
Artículo 95. Principio de separación entre el contenido editorial y el publicitario Artículo 96. Protección de menores Artículo 97. Difusión de publicidad y televenta en bloques y aislada Artículo 98. Inserción entre programas e interrupciones publicitarias de la programación televisiva
CAPÍTULO III. Duración de los anuncios publicitarios y la televenta televisiva
Artículo 99. Duración por hora y día en la televisión Artículo 100. Limitaciones a la presencia de contenidos publicitarios en el servicio público audiovisual de Cataluña
CAPÍTULO IV. Normas sobre el patrocinio televisivo
Artículo 101. Deberes y obligaciones principales de los patrocinadores Artículo 102. Emisiones y sujetos excluidos de la actividad de patrocinio
CAPÍTULO V. El uso de las nuevas tecnologías en la actividad publicitaria y otras formas de publicidad
SECCIÓN PRIMERA. El uso de las nuevas tecnologías en la actividad publicitaria
Artículo 103. Principios generales Artículo 104. Pantalla dividida Artículo 105. Publicidad interactiva Artículo 106. Patrocinio virtual
SECCIÓN SEGUNDA. Otras formas de publicidad
Artículo 107. Principios generales Artículo 108. Reglas especiales de publicidad y patrocinio en la radio Artículo 109. Publicidad institucional
TÍTULO VII. De las competencias públicas en el ámbito audiovisual y del Consejo del Audiovisual de Cataluña
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 110. Funciones del parlamento Artículo 111. Competencias del gobierno Artículo 112. Competencias de los municipios
CAPÍTULO II. El Consejo del Audiovisual de Cataluña
Artículo 113. Naturaleza Artículo 114. Composición Artículo 115. Funciones Artículo 116. Potestades Artículo 117. Potestad reglamentaria Artículo 118. Relaciones con el parlamento Artículo 119. Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual
TÍTULO VIII. Del fomento, la promoción y la protección del sector audiovisual
CAPÍTULO I. Obligaciones de los prestadores de servicios de televisión
Artículo 120. Las políticas de impulso del sector audiovisual Artículo 121. Obligaciones de los prestadores de servicios de televisión de contribuir al desarrollo del sector audiovisual y de la cinematografía Artículo 122. Garantía de integridad de las obras cinematográficas
CAPÍTULO II. Fomento de la industria cinematográfica y del sector audiovisual
Artículo 123. Acciones de fomento Artículo 124. Fomento de la cultura audiovisual Artículo 125. Protección del patrimonio audiovisual catalán Artículo 126. Promoción del espacio audiovisual catalán
TÍTULO IX. De la actividad de inspección y del régimen de infracciones y sanciones
CAPÍTULO I. Inspección y control de la prestación de servicios de comunicación audiovisual
Artículo 127. Competencia Artículo 128. Actividades de inspección
CAPÍTULO I. Infracciones y sanciones
Artículo 129. Potestad sancionadora Artículo 130. Sujetos responsables Artículo 131. Tipificación y clasificación Artículo 132. Infracciones muy graves Artículo 133. Infracciones graves Artículo 134. Infracciones leves Artículo 135. Prescripción de las infracciones Artículo 136. Sanciones Artículo 137. Establecimiento del grado de la sanción Artículo 138. Prescripción de las sanciones
CAPÍTULO II. Procedimiento sancionador
Artículo 139. Disposiciones generales en materia de procedimiento para la aplicación del régimen de infracciones y sanciones Artículo 140. Medidas de carácter provisional
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Duración del mandato de los miembros del Consejo del Audiovisual de Cataluña D.A. 2ª. Tasas de inspección y control del Consejo del Audiovisual de Cataluña D.A. 3ª. Causas por la pérdida de la condición de miembro del Consejo del Audiovisual de Cataluña D.A. 4ª. Participación en la prestación del servicio público de comunicación audiovisual en Vall d Aran
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Tramitación de los concursos para la adjudicación de concesiones para la gestión del servicio público de televisión digital local que aún no hayan sido resueltos D.T. 2ª. Licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual D.T. 3ª. Régimen de los medios audiovisuales de la Generalidad y de los de ámbito local D.T. 4ª. Uso de la tecnología analógica en el proceso de transición a la televisión digital D.T. 5ª. Tramitación de los expedientes administrativos que pasen a ser de competencia del Consejo del Audiovisual de Cataluña D.T. 6ª. Régimen concesional transitorio
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.