Ley 248 legado alternativo legado Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Legado alternativo
En el legado alternativo de efecto real, la elección corresponde al legatario, y en el de efecto personal, a la persona gravada con el legado, salvo que fuera otra la voluntad del disponente.
Modificaciones
- Artículo modificado (248) por LEY FORAL 21/2019, de 4 de abril, de modificación y actualización de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo.
(NA de 16-04-2019) en vigor desde 16-10-2019
