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Ley 26/2022, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario. - Boletín Oficial del Estado de 20-12-2022

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Diciembre de 2022

F. entrada en vigor: 21/12/2022

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 304

F. Publicación: 20/12/2022

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO Artículo 1. Modificación de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario. Artículo 2. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 3. Modificación del Decreto 137/1960, de 4 de febrero, por el que se convalida la tasa por gastos y remuneraciones en dirección e inspección de las obras. Artículo 4. Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Creación de una única autoridad administrativa independiente para la investigación técnica de accidentes de transporte. D.A. 2ª. Revisión excepcional de precios en los contratos de suministros de material ferroviario rodante y componentes necesarios para su fabricación y mantenimiento. D.A. 3ª. Conclusión de los trabajos del Grupo de trabajo constituido para la consecución de lo previsto en la Disposición adicional 154 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021. D.A. 4ª. Beneficios fiscales aplicables a la celebración de la XXXVII Copa América Barcelona. D.A. 5ª. Actividades de publicidad en el dominio público portuario.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Aplicación provisional de los cánones vigentes y suspensión de la entrada en vigor de la modificación de determinadas sanciones. D.T. 2ª. Tasa por gastos y remuneraciones en inspección de obras ferroviarias. D.T. 3ª. Aplicación del artículo primero, apartados once y dieciséis a los suelos que cambien de clasificación.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 9/2010, de 14 de abril, por la que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, sobre «Liquidación de situaciones pendientes sobre justiprecio y aprovechamientos urbanísticos en materia de autopistas». D.F. 3ª. Título competencial. D.F. 4ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea. D.F. 5ª. Cláusula de salvaguardia para modificaciones de norma de inferior rango. D.F. 6ª. Entrada en vigor.