Legislación
Legislación

LEY 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 13-07-2011

Tiempo de lectura: 24 min

Tiempo de lectura: 24 min

Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Febrero de 2021

F. entrada en vigor: 13/09/2011

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 134

F. Publicación: 13/07/2011


PREÁMBULO
TÍTULO preliminar. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Transversalidad. Artículo 4. Órganos asesores y de participación. Artículo 5. Planificación estratégica de ayuda a las familias.
TÍTULO I. De la familia
CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
Artículo 6. Principios rectores. Artículo 7. Protección de la familia. Artículo 8. Competencias.
CAPÍTULO II. De las familias de especial consideración
Artículo 9. Grupos de familias de especial consideración.
SECCIÓN 1.ª Familias numerosas
Artículo 10. Concepto y condiciones. Artículo 11. Categorías de familias numerosas. Artículo 12. Acreditación de la condición de familia numerosa.
SECCIÓN 2.ª Familias monoparentales
Artículo 13. Concepto.
SECCIÓN 3.ª Familias con personas mayores a cargo
Artículo 14. Concepto.
SECCIÓN 4.ª Familias con personas con discapacidad a cargo
Artículo 15. Concepto.
SECCIÓN 5.ª Familias con personas dependientes a cargo
Artículo 16. Concepto.
SECCIÓN 6.ª Familias acogedoras
Artículo 17. Concepto.
SECCIÓN 6ª BIS. Familias en situación de especial vulnerabilidad económica
Artículo 17 bis. Concepto.
SECCIÓN 6ª TER. Familias víctimas de violencia de género
Artículo 17 ter. Concepto.
SECCIÓN 7.ª Acción protectora de las familias de especial consideración
Artículo 18. Trato preferente de los miembros de las familias de especial consideración.
CAPÍTULO III. De las personas mayores
SECCIÓN 1.ª Principios rectores
Artículo 19. Principios rectores. Artículo 20. Potenciación de políticas públicas por la administración pública.
SECCIÓN 2.ª Ámbitos de actuación
Artículo 21. De la atención sociosanitaria. Artículo 22. De la educación y la formación. Artículo 23. De la participación. Artículo 24. Del voluntariado. Artículo 25. Del ocio y la cultura.
CAPÍTULO IV. De las políticas públicas de apoyo a la maternidad
Artículo 26. Principios rectores. Artículo 27. Ámbitos de actuación.
CAPÍTULO V. De la conciliación de la vida personal, familiar y laboral
SECCIÓN 1.ª Principios rectores
Artículo 28. Principios rectores de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
SECCIÓN 2.ª Ámbitos de actuación
Artículo 29. Adopción de medidas. Artículo 30. Igualdad de hombres y mujeres y corresponsabilidad. Artículo 31. Sensibilización.
CAPÍTULO VI. Del apoyo familiar y la mediación
SECCIÓN 1.ª Apoyo familiar
Artículo 32. Concepto de apoyo familiar. Artículo 33. Finalidades de la orientación familiar.
SECCIÓN 2.ª Mediación familiar
Artículo 34. Concepto de mediación familiar. Artículo 35. Finalidades de la mediación familiar.
SECCIÓN 3.ª Recursos para el apoyo familiar y la mediación
Artículo 36. Red de recursos.
TÍTULO II. De la infancia y la adolescencia
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 37. Concepto y ámbito de aplicación. Artículo 38. Principios rectores. Artículo 39. Principio de corresponsabilidad y deber de colaboración. Artículo 40. Planificación de actuaciones y programación de recursos. Artículo 41. Atribución de competencias.
CAPÍTULO II. De los derechos y deberes
Artículo 42. Derechos de especial protección de la infancia y la adolescencia. Artículo 43. Prohibiciones relativas a publicaciones y material audiovisual. Artículo 44. Defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia. Artículo 45. Deberes de la infancia y la adolescencia.
CAPÍTULO III. De la protección de la infancia y la adolescencia
SECCIÓN 1.ª De las actuaciones de prevención
Artículo 46. Principio general. Artículo 47. Acciones y medidas de prevención.
SECCIÓN 2.ª Del sistema de protección
Artículo 48. Conceptos generales.
SUBSECCIÓN 1.ª De la situación de riesgo
Artículo 49. Situaciones de riesgo. Artículo 50. Actuación ante la situación de riesgo. Artículo 51. Objetivo de la actuación administrativa.
SUBSECCIÓN 2.ª De la situación de desamparo
Artículo 52. Situaciones de desamparo. Artículo 53. Actuación ante la situación de desamparo. Artículo 54. Declaración de la situación de desamparo.
SECCIÓN 3.ª De las medidas de protección y su ejecución
Artículo 55. Medidas de protección. Artículo 56. Principios de intervención mínima y proporcionalidad. Artículo 57. Cooperación de la familia. Artículo 58. Oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores.
SUBSECCIÓN 1.ª Del apoyo a la familia
Artículo 59. Concepto y contenido. Artículo 60. Actuaciones de apoyo a la familia.
SUBSECCIÓN 2.ª De la tutela
Artículo 61. Asunción de la tutela administrativa. Artículo 62. Cesación. Artículo 63. Promoción de la tutela ordinaria.
SUBSECCIÓN 3.ª De la guarda
Artículo 64. Concepto y contenido. Artículo 65. Ejercicio. Artículo 66. De la guarda rogada. Artículo 67. Cesación.
SUBSECCIÓN 4.ª Del acogimiento
Artículo 68. Concepto y contenido. Artículo 69. Criterios de aplicación. Artículo 70. Acogimiento familiar. Artículo 71. Acogimiento residencial. Artículo 72. Cesación.
SUBSECCIÓN 5.ª De la adopción
Artículo 73. Adopción como medida de protección. Artículo 74. Derechos de las personas menores de edad con relación a la adopción. Artículo 75. Competencias en materia de adopción. Artículo 76. Requisitos de las personas adoptantes. Artículo 77. Valoración de la idoneidad para adoptar. Artículo 78. Selección de las personas adoptantes y propuesta de adopción. Artículo 79. Registro de adopciones.
CAPÍTULO IV. De las actuaciones en materia de reeducación de personas menores infractoras
SECCIÓN 1.ª De las personas menores infractoras y el sistema de reeducación
Artículo 80. Persona menor infractora. Artículo 81. Responsabilidad penal de las y los menores. Artículo 82. Objeto del sistema de reeducación de menores. Artículo 83. Principios de actuación.
SECCIÓN 2.ª Del asesoramiento y la conciliación y reparación
Artículo 84. Del asesoramiento. Artículo 85. De la conciliación y reparación.
SECCIÓN 3.ª De la ejecución de las medidas judiciales
Artículo 86. Marco de la ejecución. Artículo 87. Medidas judiciales que corresponde ejecutar a la Comunidad Autónoma de Galicia. Artículo 88. Colaboración en la ejecución de las medidas judiciales. Artículo 89. Reglas para la ejecución de las medidas judiciales. Artículo 90. Expediente personal de la o el menor.
SECCIÓN 4.ª De las medidas de medio abierto e internamiento
Artículo 91. Medidas de medio abierto. Artículo 92. Medidas de internamiento.
SECCIÓN 5.ª De las actuaciones posteriores a la ejecución de las medidas
Artículo 93. Actuaciones posteriores a la ejecución de las medidas.
CAPÍTULO V. De las actuaciones en materia de la atención especializada de la infancia y la adolescencia
Artículo 94. Principio general. Artículo 95. Dificultades específicas y actuaciones en materia de atención especializada.
CAPÍTULO VI. De las instituciones, entidades y centros de atención a menores
SECCIÓN 1.ª De las instituciones y entidades de atención a menores
Artículo 96. Entidades prestadoras de servicios de atención a la infancia y la adolescencia. Artículo 97. De las entidades que realicen funciones de mediación a efectos de adopciones internacionales.
SECCIÓN 2.ª De los centros de atención a la infancia y la adolescencia
Artículo 98. Centros de atención a la infancia y la adolescencia. Artículo 99. Otros recursos de atención a la infancia y la adolescencia. Artículo 100. Derechos de las y los menores en los centros. Artículo 101. Obligaciones de las personas menores de edad en los centros. Artículo 102. Medidas educativas correctoras. Artículo 103. Régimen de aplicación a las menores y los menores infractores.
TÍTULO III. De las infracciones y sanciones administrativas
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 104. Régimen de infracciones y sujetos responsables. Artículo 105. Prescripción de infracciones y sanciones.
CAPÍTULO II. Infracciones
Artículo 106. Clasificación de las infracciones. Artículo 107. Infracciones leves. Artículo 108. Infracciones graves. Artículo 109. Infracciones muy graves. Artículo 110. La reincidencia.
CAPÍTULO III. Sanciones
Artículo 111. Clasificación y graduación de las sanciones. Artículo 112. Criterios de graduación.
CAPÍTULO IV. Procedimiento sancionador
Artículo 113. Principios generales. Artículo 114. Del procedimiento sancionador. Artículo 115. Medidas de carácter provisional. Artículo 116. Resolución e imposición de sanciones. Artículo 117. Recursos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Órganos asesores y de participación. D.A. 2ª. Prioridad presupuestaria. D.A. 3ª. Modificación de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia. D.A. 4ª. Acreditación de la condición de familia de especial consideración.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Vigencia transitoria.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Actualización de sanciones. D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 3ª. Entrada en vigor.