LEY 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 17-07-2014
Índice
Texto
Ambito: Comunidad Valenciana
Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Julio de 2024
F. entrada en vigor: 18/07/2014
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 7319
F. Publicación: 17/07/2014
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Definición, función y destino de las vías pecuarias
Artículo 3. Naturaleza jurídica
Artículo 4. Fines
Artículo 5. Denominaciones
Artículo 6. Red de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana
Artículo 7. De la competencia
Artículo 8. Fondo Documental y Catálogo de Vías Pecuarias
TÍTULO I. De las potestades administrativas sobre las vías pecuarias, gestión y modificación de trazado
CAPÍTULO I. Potestades administrativas sobre las vías pecuarias
Artículo 9. Conservación y defensa de las vías pecuarias
Artículo 10. Restablecimiento y recuperación de oficio de las vías pecuarias
CAPÍTULO II. Gestión de las vías pecuarias
Artículo 11. Actos de gestión de las vías pecuarias
Artículo 12. Investigación
Artículo 13. Clasificación y sus efectos
Artículo 14. Acto de deslinde
Artículo 15. Amojonamiento
Artículo 16. Señalización de vías pecuarias
CAPÍTULO III. De la desafectación de terrenos de vías pecuarias
Artículo 17. Desafectación de terrenos de vías pecuarias y destino de los bienes desafectados
Artículo 18. Enajenación de los terrenos de vías pecuarias desafectados
CAPÍTULO IV. De las modificaciones de trazado de las vías pecuarias
Artículo 19. Modificaciones de trazado por razones de interés público y excepcionalmente por razones de interés particular
CAPÍTULO V. Vías pecuarias y planeamiento territorial y urbanístico
Artículo 20. Las vías pecuarias y su integración en el planeamiento urbanístico
Artículo 21. Tratamiento urbanístico de las vías pecuarias
CAPÍTULO VI. Modificaciones de trazado por la realización de obras públicas sobre terrenos de vías pecuarias
Artículo 22. Modificaciones de trazado por la realización de obras públicas
Artículo 23. Cruce de las vías pecuarias por realización de obras públicas sobre terrenos de vías pecuarias
CAPÍTULO VII. Modificación temporal de trazado
Artículo 24. Modificación temporal de trazado de la vía pecuaria afectada por una explotación minera
CAPÍTULO VIII. Vías pecuarias afectadas por la concentración parcelaria
Artículo 25. Vías pecuarias afectadas por la concentración parcelaria
TÍTULO II. Del uso y aprovechamiento de las vías pecuarias, autorizaciones de ocupación temporal y concesiones demaniales para ocupación de subsuelo
CAPÍTULO I. De los usos comunes generales y especiales
SECCIÓN primera. Usos comunes generales: prioritario, compatibles y complementarios
Artículo 26. Del uso general prioritario
Artículo 27. De los usos comunes compatibles
Artículo 28. De los usos comunes complementarios
SECCIÓN segunda. Usos comunes especiales
Artículo 29. Del uso y aprovechamiento especial recreativo, cultural, deportivo y educativo
Artículo 30. Circulación de vehículos a motor no agrícolas
Artículo 31. De la revocación de las autorizaciones
SECCIÓN tercera. De los aprovechamientos de las vías pecuarias
Artículo 32. De los aprovechamientos de las vías pecuarias
CAPÍTULO II. De las autorizaciones de ocupaciones temporales y concesiones demaniales para ocupación de subsuelo
Artículo 33. Autorizaciones de ocupaciones temporales
Artículo 34. Concesiones demaniales para ocupación del subsuelo
CAPÍTULO III. De las prohibiciones
Artículo 35. Prohibiciones
TÍTULO III. De la colaboración entre administraciones
Artículo 36. Colaboración entre administraciones
TÍTULO IV. De la policía, vigilancia e inspección, de las infracciones y de las sanciones
CAPÍTULO I. De la policía, vigilancia e inspección
Artículo 37. De las funciones de policía
Artículo 38. De las funciones de vigilancia e inspección en materia de vías pecuarias
CAPÍTULO II. De las infracciones
Artículo 39. Disposición general
Artículo 40. Naturaleza de las infracciones
Artículo 41. Decomisos
Artículo 42. Pérdida de beneficios
Artículo 43. Personas responsables
Artículo 44. Prescripción de las infracciones
CAPÍTULO III. De las sanciones
Artículo 45. Disposición general
Artículo 46. Procedimiento sancionador
Artículo 47. Criterios para la graduación de las sanciones
Artículo 48. Sanciones por infracciones concurrentes
Artículo 49. Medidas de carácter provisional y medidas cautelares
Artículo 50. Reparación de daños
Artículo 51. Competencia sancionadora
Artículo 52. Prejudicialidad del orden penal
Artículo 53. Prescripción de las sanciones
TÍTULO V. Disposiciones comunes a los títulos I, II y IV de la presente ley
Artículo 54. Garantías
Artículo 55. Carácter finalista de las cantidades percibidas por la Administración
Artículo 56. Silencio administrativo negativo
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Denominación de cordel
D.A. 2ª. Actualización de la cuantía de las sanciones
D.A. 3ª. Habilitación para la redacción de modelos tipo
D.A. 4ª. Plan de deslinde y amojonamiento de las vías pecuarias de la Comunitat Valenciana
D.A. 5ª. Vías pecuarias en las que existe otra afección de dominio público
D.A. 6ª. Desafectación de las vías pecuarias existentes
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Normativa aplicable a los procedimientos en tramitación en el momento de la entrada en vigor de la ley
D.T. 2ª. Derechos consolidados conforme a la legislación de vías pecuarias anterior a la Ley 3/1995, de 23 de marzo
D.T. 3ª. Procedimiento sumario para llevar a cabo la regularización de las intrusiones en los anchos no necesarios o sobrantes efectuadas antes de entrar en vigor la Ley 3/1995
D.T. 4ª.
D.T. 5ª.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo
D.F. 2ª. Entrada en vigor
D.F. 3ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell
D.F. 4ª. Situación de determinadas edificaciones aisladas anteriores a la entrada en vigor de la ley