Ley 3/2016, de 22 de julio, de protección, igualdad efectiva y no discriminación de las personas LGTBI de la Comunidad de Madrid - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 10-08-2016
Índice
Texto
Ambito: Madrid
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Julio de 2024
F. entrada en vigor: 11/08/2016
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 190
F. Publicación: 10/08/2016
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la Ley
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
Artículo 4. Principios
Artículo 5. Tutela Institucional
Artículo 6. Consejo LGTBI de la Comunidad de Madrid
TÍTULO I. Medidas en materia de no discriminación por razón de orientación e identidad sexual o por expresión de género
CAPÍTULO I. Disposiciones generales en materia de no discriminación
Artículo 7. Igualdad de trato
Artículo 8. No discriminación por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género
CAPÍTULO II. Medidas en el ámbito social
Artículo 9. Apoyo y protección a personas LGTBI en situación de vulnerabilidad o exclusión social
Artículo 10. Apoyo y protección a personas LGTBI y su entorno familiar.
Artículo 11. Acción positiva
Artículo 12. Medios de comunicación
CAPÍTULO III. Medidas en el ámbito policial y de la justicia
Artículo 13. Orden público y privación de libertad
Artículo 14. Acceso y promoción en los cuerpos y fuerzas de seguridad
Artículo 15. Formación de los cuerpos y fuerzas de seguridad
Artículo 16. Medidas de asistencia
CAPÍTULO IV. Medidas de actuación en el ámbito de la Administración
Artículo 17. Documentación
Artículo 18. Contratación administrativa y subvenciones
Artículo 19. Criterio de actuación de la Administración
Artículo 20. Formación y sensibilización
Artículo 21. Evaluación del impacto sobre orientación sexual e identidad de género
CAPÍTULO V. Medidas de apoyo y reconocimiento institucional
Artículo 22. Reconocimiento y apoyo institucional
CAPÍTULO VI. Apoyo al colectivo LGTBI en el ámbito rural
Artículo 23. Actuaciones
CAPÍTULO VII. Centro de documentación y memoria histórica LGTBI
Artículo 24. Creación y funciones
CAPÍTULO VIII. Políticas en el ámbito de la juventud
Artículo 25. Protección de los jóvenes LGTBI
CAPÍTULO IX. Garantía estadística
Artículo 26. Garantía estadística
CAPÍTULO X. Medidas en el ámbito familiar
Artículo 27. Protección de la diversidad familiar
Artículo 28. Violencia en el ámbito familiar
CAPÍTULO XI. Medidas en el ámbito educativo
Artículo 29. Plan integral sobre educación y diversidad
Artículo 30. Combatir el acoso y favorecer la visibilidad
Artículo 31. Planes y contenidos educativos
Artículo 32. Inclusión de la realidad LGTBI en los planes de estudio
Artículo 33. Universidades
Artículo 34. Formación personal docente
Artículo 35. Protección personal docente
CAPÍTULO XII. Medidas en el ámbito de la salud
Artículo 36. Protección del derecho a la salud física, mental, sexual y reproductiva
Artículo 37. Formación, protocolos e investigación en atención a personas LGTBI
Artículo 38. Atención sanitaria a mujeres lesbianas, bisexuales, personas trans y/o sus parejas
Artículo 39. Protección frente a enfermedades de transmisión sexual
CAPÍTULO XIII. Medidas en el ámbito laboral
Artículo 40. Políticas de fomento de la igualdad y no discriminación en el empleo
Artículo 41. Medidas y actuaciones
Artículo 42. La realidad LGTBI en el ámbito de la responsabilidad social empresarial
Artículo 43. Plan contra la discriminación en el ámbito laboral
Artículo 44. Acoso laboral
Artículo 45. Políticas activas de empleo
CAPÍTULO XIV. Medidas en el ámbito ocio, cultura, turismo y deporte
Artículo 46. Promoción de la diversidad
Artículo 47. Bibliotecas y fondo documental
Artículo 48. Deporte, ocio y tiempo libre
Artículo 49. Apoyo a las organizaciones deportivas LGTBI
Artículo 50. Promoción del turismo LGTBI y apoyo a fechas conmemorativas
Artículo 51. Apoyo al Orgullo LGTBI
CAPÍTULO XV. Derecho de admisión
Artículo 52. Derecho de admisión
CAPÍTULO XVI. Medidas en el ámbito de la inmigración y la cooperación internacional al desarrollo
Artículo 53. Inmigración y asilo
Artículo 54. Cooperación internacional al desarrollo
TÍTULO II. Medidas contra las agresiones y delitos de odio por orientación sexual e identidad o expresión de género
CAPÍTULO I. Apoyo a las víctimas de agresiones y delitos de odio
Artículo 55. Protocolo de atención a las víctimas
Artículo 56. Medidas específicas de apoyo a las víctimas
Artículo 57. Punto de información y atención a víctimas de agresiones y de delitos de odio
Artículo 58. Protocolo de actuación en casos de acoso escolar
Artículo 59. Actuación para víctimas de acoso a través de las nuevas tecnologías y redes sociales
CAPÍTULO II. Medidas de prevención
Artículo 60. Protocolo de prevención de comportamientos y actitudes discriminatorias
CAPÍTULO III. Medidas de formación y sensibilización
Artículo 61. Visibilidad de la diversidad
Artículo 62. Plan de formación
Artículo 63. Promoción de la solidaridad
CAPÍTULO IV. Medidas de tutela administrativa
Artículo 64. Disposiciones generales
Artículo 65. Concepto de interesado
Artículo 66. Inversión de la carga de la prueba
TÍTULO III. Comisión Interdepartamental de Seguimiento y Coordinación
Artículo 67. Creación
TÍTULO IV. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Infracciones y sanciones
Artículo 68. Sobre procedimiento sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Informe anual
D.A. 2ª. Adaptación de la Ley
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D. DT. ÚNICA
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario
D.F. 2ª. Entrada en vigor