LEY 3/2019, de 6 de marzo, Reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar en la Comunidad de Madrid. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 13-03-2019
Índice
Texto
Ambito: Madrid
Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Marzo de 2019
F. entrada en vigor: 14/03/2019
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 61
F. Publicación: 13/03/2019
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2. Definición de Punto de Encuentro Familiar
Artículo 3. Principios rectores de actuación
Artículo 4. Fines del Punto de Encuentro Familiar
Artículo 5. Competencias en materia de Puntos de Encuentro Familiar
Artículo 6. Composición del Punto de Encuentro Familiar
Artículo 7. Funciones de los profesionales del Punto de Encuentro Familiar
Artículo 8. Coordinación de los Puntos de Encuentro Familiar
TÍTULO I. Ámbito de actuación
Artículo 9. Ámbito objetivo de actuación del Punto de Encuentro Familiar
Artículo 10. Ámbito territorial de actuación
Artículo 11. Entidades remitentes
Artículo 12. Gestión, Participación y Autorización
TÍTULO II. De las personas beneficiarias y usuarias
Artículo 13. De las personas beneficiarias
Artículo 14. De las personas usuarias
Artículo 15. De los derechos de las personas beneficiarias
Artículo 16. De los derechos de las personas usuarias
Artículo 17. Deberes de las personas usuarias
Artículo 18. Los Derechos de las personas profesionales
Artículo 19. Obligaciones de las personas profesionales
TÍTULO III. De la actuación en el punto de encuentro familiar
Artículo 20. Tipos de actuaciones
Artículo 21. Coordinación de la intervención
Artículo 22. Duración, horario y calendario
Artículo 23. Carácter gratuito
Artículo 24. Registros
Artículo 25. Registro de expedientes
Artículo 26. Registro de entrada y salida de personas usuarias
Artículo 27. Del acceso al Punto de Encuentro Familiar
Artículo 28. Expediente
Artículo 29. Entrevista
Artículo 30. Plan de Intervención Individualizada
Artículo 31. Información
Artículo 32. Inicio de la Intervención
Artículo 33. Interrupción de la intervención
Artículo 34. Suspensión de la intervención
Artículo 35. Seguridad
Artículo 36. Protocolo de vigilancia
Artículo 37. Listas de espera
TÍTULO IV. Del registro y comunicación previa de la prestación del servicio de Punto de Encuentro Familiar
Artículo 38. Del Registro y comunicación previa de la prestación del servicio de Punto de Encuentro Familiar
TÍTULO V. Del régimen sancionador
Artículo 39. Del Régimen Sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Criterios de adjudicación
D.A. 2ª. Garantías de aplicación de la Ley
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario
D.F. 2ª. Entrada en vigor