Ley 34 g rescision e impugnacion g Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Remisión a otras leyes de prescripción
Las acciones siguientes prescriben en los plazos establecidos en las leyes que se indican a continuación:
1. La acción de impugnación, por un cónyuge o sus herederos, de los actos realizados por el otro sin el consentimiento de aquel cuando lo precisare, conforme a lo dispuesto en el último apartado, párrafo primero, de la ley 79.
2. La de petición de herencia, conforme a lo dispuesto en la ley 324.
3. La de retraer en la venta con pacto de retro, conforme a la ley 480.
4. La acción para exigir responsabilidad por culpa extracontractual, con arreglo a lo dispuesto en la ley 507.
5. La de carta de gracia por tiempo indefinido, conforme a lo dispuesto en la ley 582.
Modificaciones
- Artículo modificado (34) por LEY FORAL 21/2019, de 4 de abril, de modificación y actualización de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo.
(NA de 16-04-2019) en vigor desde 16-10-2019
