Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias. - Boletín Oficial del Estado de 28-12-2022
Índice
Texto
Histórico
Relacionados
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Diciembre de 2022
F. entrada en vigor: 29/12/2022
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 311
F. Publicación: 28/12/2022
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
PREÁMBULO
Artículo 1. Gravamen temporal energético.
Artículo 2. Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito.
Artículo 3. Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Cláusula de condición suspensiva.
D.A. 2ª. Regímenes forales.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
D.F. 5ª. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
D.F. 6ª. Modificación del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.
D.F. 7ª. Títulos competenciales.
D.F. 8ª. Entrada en vigor.