LEY 4/2010, de 17 de marzo, de consultas populares por vía de referéndum. - Diario Oficial de Cataluña de 25-03-2010
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Mayo de 2017
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 5595
F. Publicación: 25/03/2010
PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Concepto de consulta popular por vía de referéndum
Artículo 4. Cuerpo electoral
Artículo 5. Personas legitimadas para firmar
Artículo 6. Limitación del objeto de las consultas populares
Artículo 7. Documentación que debe acompañar la propuesta de consulta
Artículo 8. Retirada de la propuesta de consulta
Artículo 9. Nueva formulación de una consulta propuesta o celebrada
TÍTULO II. De las consultas populares por vía de referéndum de ámbito de Cataluña
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 10. Objeto y ámbito de la consulta
Artículo 11. Modalidades de consultas populares por vía de referéndum de ámbito de Cataluña
Artículo 12. Naturaleza de la consulta
Artículo 13. Tramitación para la autorización
Artículo 14. Períodos inhábiles para la formulación de propuestas de consulta popular por vía de referéndum
CAPÍTULO II. Consultas populares por vía de referéndum de ámbito de Cataluña de iniciativa institucional
Artículo 15. Iniciativa
SECCIÓN primera. Iniciativa del Gobierno y del Parlamento
Artículo 16. Tramitación de la iniciativa del Gobierno
Artículo 17. Tramitación de la iniciativa del Parlamento
Artículo 18. Aprobación de la iniciativa
SECCIÓN segunda. Iniciativa municipal
Artículo 19. Tramitación de la iniciativa
Artículo 20. Aprobación de la iniciativa
CAPÍTULO III. Consultas populares por vía de referéndum de ámbito de Cataluña de iniciativa popular
Artículo 21. Iniciativa
Artículo 22. Materias excluidas
Artículo 23. Comisión promotora
Artículo 24. Presentación y admisión de la propuesta de consulta
Artículo 25. Recogida de firmas
Artículo 26. Autenticación de las firmas
Artículo 27. Acreditación de la inscripción en el padrón municipal
Artículo 28. Entrega de las firmas
Artículo 29. Aprobación de la iniciativa
Artículo 30. Indemnización por gastos
TÍTULO III. De las consultas populares por vía de referéndum de ámbito municipal
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 31. Objeto y ámbito de la consulta
Artículo 32. Materias excluidas
Artículo 33. Modalidades de consultas populares por vía de referéndum de ámbito municipal
Artículo 34. Naturaleza de la consulta
Artículo 35. Tramitación para la autorización
CAPÍTULO II. Consultas populares por vía de referéndum de ámbito municipal de iniciativa institucional
Artículo 36. Iniciativa
Artículo 37. Aprobación de la iniciativa
CAPÍTULO III. Consultas populares por vía de referéndum de ámbito municipal de iniciativa popular
Artículo 38. Iniciativa
Artículo 39. Comisión promotora
Artículo 40. Presentación y admisión de la propuesta de consulta
Artículo 41. Procedimiento de recogida, autenticación, acreditación y entrega de firmas
Artículo 42. Aprobación de la iniciativa
TÍTULO IV. Del procedimiento para la celebración de la consulta popular
Artículo 43. Convocatoria
Artículo 44. Fecha de la consulta
Artículo 45. Decreto de convocatoria
Artículo 46. Administración electoral
Artículo 47. Campaña informativa
Artículo 48. Espacios informativos en los medios de comunicación y espacios públicos para la campaña informativa
Artículo 49. Campaña institucional
Artículo 50. Papeletas
Artículo 51. Votación
Artículo 52. Voto por correo
Artículo 53. Votación y escrutinio
Artículo 54. Recursos
Artículo 55. Registro de consultas populares por vía de referéndum
TÍTULO V. De la utilización de los medios electrónicos
Artículo 56. Principios generales
Artículo 57. Recogida de firmas por medios electrónicos
Artículo 58. Plataforma única
Artículo 59. Garantías y transparencia
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Cómputo de los plazos
D.A. 2ª. Aplicación subsidiaria de la normativa electoral
D.A. 3ª. Supresión del Registro de consultas populares municipales
D.A. 4ª. Gastos generados por la organización de la consulta popular
D.A. 5ª. Tiempo gratuito en los medios de comunicación de titularidad pública
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Remisiones a la ley electoral
D.T. 2ª. Registro de consultas populares por vía de referéndum
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Aplicación y desarrollo