Ley 4/2013, de 12 de junio, de Medidas Urgentes en materia de Gastos de Personal y Organización Administrativa. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 14-06-2013
Índice
Texto
Ambito: Murcia
Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Junio de 2013
Órgano emisor: PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 136
F. Publicación: 14/06/2013
Preambulo
PREÁMBULO
TÍTULO I. MEDIDAS EN MATERIA DE GASTOS DE PERSONAL
Artículo 1. - Retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno y altos cargos de la Administración Pública regional.
Artículo 2.- Retribuciones del personal funcionario y laboral al servicio de la Administración Pública Regional y del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud.
Artículo 3.- Retribuciones del personal directivo del sector público regional.
Artículo 4. - Retribuciones del personal eventual.
Artículo 5.- Retribuciones del personal perteneciente al sector público regional a que se refiere el artículo 22, apartados 1, letras b), c), d) y e), y 6 de la Ley 13/2012, de 27 de diciembre.
Artículo 6.- Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de los centros educativos concertados.
Artículo 7.- Retribuciones del personal de las universidades de titularidad pública competencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 8.- Reducción de las aportaciones y subvenciones corrientes a las entidades integrantes del sector público regional, universidades públicas de la Región de Murcia y centros educativos concertados, y otras adaptaciones presupuestarias.
Artículo 9.- Garantía retributiva.
TÍTULO II. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS
Artículo 10. - Control de la planificación estratégica de la Administración regional.
Artículo 11.- Disposiciones organizativas en el ámbito del personal de administración y servicios.
Artículo 12.- Disposiciones organizativas de los servicios sanitarios.
Artículo 13.- Disposiciones organizativas de los servicios educativos.
Artículo 14.- Modificación de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Medidas de aplicación.
D.F. 2ª.- Entrada en vigor.