LEY 476 Posesión, disfrute, y gastos 476 posesion disfrute y gastos posesion Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Posesión, disfrute y gastos
En la venta con pacto de retro como garantía se presumirá, salvo pacto en contrario, que el vendedor tiene derecho a la posesión y disfrute de la cosa y está obligado al pago de los gastos, seguros y contribuciones por razón de la misma.
