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LEY 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 03-07-2013

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Julio de 2013

F. entrada en vigor: 04/07/2013

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 129

F. Publicación: 03/07/2013

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. Artículo 3. Criterios de actuación en materia de calidad. Artículo 4. Principios generales. Artículo 5. Evaluación y calidad. Artículo 6. Plan general de mejora de la calidad de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Artículo 7. Medidas de calidad. Artículo 8. Sistemas de evaluación. Artículo 9. Análisis de la demanda y grado de satisfacción ciudadana.
TÍTULO II DE LAS MEDIDAS DE CALIDAD
CAPÍTULO I. NECESIDADES Y EXPECTATIVAS DE LOS CIUDADANOS
Artículo 10. Necesidades y expectativas de los ciudadanos.
CAPÍTULO II. EVALUACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
Artículo 11. Ámbito material. Artículo 12. Momento de la evaluación. Artículo 13. Publicidad. Artículo 14. Remisión a las Cortes de Aragón.
CAPÍTULO III. EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Artículo 15. Definición. Artículo 16. Finalidad. Artículo 17. Evaluación de la calidad. Artículo 18. Sistemas de evaluación. Artículo 19. Programas de mejora de la calidad.
CAPÍTULO IV. CARTAS DE SERVICIOS
Artículo 20. Concepto y efectos. Artículo 21. Contenido. Artículo 22. Difusión y seguimiento.
CAPÍTULO V. GRUPOS DE MEJORA
Artículo 23. Concepto. Artículo 24. Constitución, ámbito y funcionamiento.
CAPÍTULO VI. PREMIOS A LA CALIDAD
Artículo 25. Premios a la calidad de los servicios públicos y a las mejores prácticas en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Artículo 26. Premios a las mejores iniciativas o sugerencias de los empleados públicos. Artículo 27. Convocatoria y concesión de los premios. Artículo 28. Efectos de los premios.
CAPÍTULO VII. COMISIÓN PARA LA EVALUACIÓN DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Artículo 29. Naturaleza y funciones.
CAPÍTULO VIII. SUGERENCIAS Y QUEJAS
Artículo 30. Definición. Artículo 31. Presentación y tramitación. Artículo 32. Contestación. Artículo 33. Seguimiento. Artículo 34. Efectos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Otras iniciativas de calidad. D.A. 2ª.- Participación de los empleados públicos. D.A. 3ª.- Formación en gestión de calidad.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.- Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Desarrollo reglamentario. D.F. 2ª.- Plan general de mejora de la calidad de los servicios públicos. D.F. 3ª.- Entrada en vigor.