Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 26-06-2018
Índice
Texto
Ambito: Baleares
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Mayo de 2024
F. entrada en vigor: 27/06/2018
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 78
F. Publicación: 26/06/2018
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Principios rectores
Artículo 3. Situación de especial vulnerabilidad en materia de vivienda
Artículo 4. Definiciones
Artículo 5. Función social de la vivienda
Artículo 6. Derecho a la vivienda por situaciones de especial vulnerabilidad
Artículo 7. Servicio de interés general
TÍTULO II. COMPETENCIAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Artículo 8. Competencias de la Administración de la comunidad autónoma
Artículo 9. Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI)
Artículo 10. Competencias de los consejos insulares
Artículo 11. Competencias de los entes locales
Artículo 12. Cohesión social
TÍTULO III. CONDICIONES DE LAS VIVIENDAS
CAPÍTULO I. De la calidad, el diseño y la habitabilidad
Artículo 13. Calidad de la vivienda
Artículo 14. Condiciones para el diseño y la habitabilidad
Artículo 15. Criterios de calidad e innovación en materia de vivienda residencial
Artículo 16. Cédula de habitabilidad
CAPÍTULO II. Del deber de conservación y rehabilitación
Artículo 17. Deber de conservación y rehabilitación
Artículo 18. Fomento de la conservación y la rehabilitación
Artículo 19. Declaración de necesidad de rehabilitación
Artículo 20. Derecho general de información y retorno de los ocupantes
Artículo 21. Planes de fomento de la rehabilitación
Artículo 21 bis. Declaración de áreas de conservación y rehabilitación
Artículo 21 ter. Alcance de la declaración de áreas de conservación y rehabilitación
Artículo 21 quater. Convenios de rehabilitación
TÍTULO IV. DE LA POLÍTICA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA
CAPÍTULO I. De la política de protección
Artículo 22. De la protección en materia de vivienda
Artículo 23. Protección de los consumidores en materia de vivienda
Artículo 24. Protección adicional en materia de vivienda
Artículo 25. Fomento de los sistemas de mediación extrajudicial
Artículo 26. Arrendamientos derivados de procesos hipotecarios
Artículo 26 bis. Obligación de oferta de alquiler social respecto a viviendas y terrenos objeto de procesos judiciales o extrajudiciales, a cargo de grandes tenedores
Artículo 26 ter. Derecho de tanteo y retracto sobre la totalidad de un inmueble
Artículo 26 quater. Derechos de adquisición preferente en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos judiciales o extrajudiciales
Artículo 26 quinquies. Procedimiento para el ejercicio del derecho de tanteo en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos judiciales o extrajudiciales
Artículo 26 sexies. Procedimiento para el ejercicio del derecho de retracto en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos judiciales o extrajudiciales
CAPÍTULO II. De la promoción
Artículo 27. Ayudas o prestaciones en materia de vivienda
Artículo 28. Programa de cesión de viviendas
Artículo 29. Viviendas de inserción
Artículo 30. Convenios de colaboración con grandes tenedores
Artículo 31. Actuaciones preventivas
CAPÍTULO III. Acompañamiento a la ciudadanía en materia de vivienda
Artículo 32. Servicio de acompañamiento en materia de vivienda
Artículo 33. Funciones del Servicio de acompañamiento en materia de vivienda
Artículo 34. Convenios o acuerdos de colaboración
Artículo 35. Servicio de vivienda desocupada
CAPÍTULO IV. De las viviendas desocupadas
Artículo 36. La vivienda desocupada
Artículo 37. Medidas para evitar la desocupación
Artículo 38. Registro de viviendas desocupadas
Artículo 39. Inscripción en el registro
Artículo 40. Actuaciones de inspección
Artículo 41. Obligación de colaboración
Artículo 42. Cesión de viviendas desocupadas de grandes tenedores
CAPÍTULO V. De la garantía del mantenimiento de los suministros básicos
Artículo 43. Concepto
Artículo 44. Fondo de atención solidaria de suministros básicos
Artículo 45. Protocolos de actuación
Artículo 46. Gastos por desconexión y reconexión de suministros de gas natural en situaciones que impliquen la necesidad de garantía del mantenimiento de los suministros básicos
Artículo 47. Acuerdos o convenios de colaboración
Artículo 48. Obligación de información
TÍTULO V. MESA AUTONÓMICA DE LA VIVIENDA
Artículo 49. Definición
Artículo 50. Función
Artículo 51. Desarrollo reglamentario
TÍTULO VI. MESA PARA LA GARANTÍA DEL MANTENIMIENTO DE LOS SUMINISTROS BÁSICOS
Artículo 52. Definición
Artículo 53. Función
Artículo 54. Desarrollo reglamentario
TÍTULO VII. DE LAS FIANZAS DE ARRENDAMIENTO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 55. Obligación del depósito de fianzas
Artículo 56. Naturaleza y realización del depósito
Artículo 57. Ejecutividad
Artículo 58. Registro de fianzas de contratos de arrendamiento
Artículo 59. Exigibilidad pública
Artículo 60. Exigibilidad privada
Artículo 61. Escritura pública e inscripción registral
TÍTULO VIII. DE LAS VIVIENDAS PROTEGIDAS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 62. Viviendas protegidas
Artículo 63. Tipo de promoción
Artículo 63 bis. Índice de intensidad residencial para vivienda protegida
Artículo 64. Calificación de vivienda protegida
Artículo 64 bis. Régimen de acceso a vivienda de protección oficial
Artículo 65. Visado
Artículo 65 bis. Prohibición de subarriendo o cesión de uso
Artículo 66. Duración del régimen legal de protección
Artículo 67. Inscripción registral y escritura pública
Artículo 68. Publicidad
Artículo 69. Adquisición de derechos por silencio administrativo
Artículo 70. Registro público de demandantes de viviendas protegidas
Artículo 71. Registro de viviendas protegidas de las Illes Balears
Artículo 72. Prioridad de los nuevos títulos de acceso alternativos a la compra en la promoción de viviendas con protección oficial
Artículo 73. Control e inspección de la función social de la vivienda protegida
CAPÍTULO II. De las potestades sobre la vivienda protegida
Artículo 74. Derecho de adquisición preferente
Artículo 75. Derechos de tanteo y retracto
Artículo 75 bis. Derechos de adquisición en favor de la Administración
Artículo 75 ter. El derecho de tanteo de la Administración
Artículo 75 quater. El deber de notificación de la decisión de transmitir
Artículo 75 quinquies. Ejercicio del derecho de tanteo
Artículo 75 sexies. Ejercicio del derecho de retracto
Artículo 76. Escritura pública e inscripción registral
Artículo 77. Destino de los bienes adquiridos
Artículo 78. Desahucio administrativo
Artículo 79. Expropiación forzosa
TÍTULO IX. EL RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 80. Sujetos responsables
Artículo 81. Administraciones competentes
Artículo 82. Inspección
Artículo 83. Deber de colaboración
Artículo 84. Medidas provisionales
CAPÍTULO II. Infracciones
Artículo 85. Concepto y clasificación
Artículo 86. Infracciones leves
Artículo 87. Infracciones graves
Artículo 88. Infracciones muy graves
Artículo 89. Concurrencia de las infracciones
CAPÍTULO III. Sanciones
Artículo 90. Cuantía de las sanciones
Artículo 91. Gradación de las sanciones
Artículo 92. Sanciones complementarias
Artículo 93. Multas coercitivas no sancionadoras
Artículo 94. Destino de las multas impuestas
CAPÍTULO IV. Ejecución, prescripción y caducidad
Artículo 95. Plazo de resolución
Artículo 96. Ejecución forzosa
Artículo 97. Prescripción de las infracciones
Artículo 98. Prescripción de las sanciones
Artículo 99. Caducidad
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Convenios o acciones concertadas
D.A. 2ª. Agentes implicados en el proceso de transmisión de viviendas
D.A. 3ª. Registro administrativo y requisitos para los agentes inmobiliarios
D.A. 4ª. Legislación estatal supletoria
D.A. 5ª. Desahucio por impago de la renta de alquiler
D.A. 6ª. Depósito de fianza de contratos anteriores
D.A. 7ª. Cuerpo de inspectores
D.A. 8ª. Sobre las medidas de fomento de las cooperativas en cesión de uso
D.A. 9ª. Establecimiento del derecho de superficie a favor de cooperativas de vivienda en régimen de cesión de uso
D.A. 10ª. Especificidades sobre las cooperativas de vivienda en régimen de cesión de uso
D.A. 11ª. Tarifas sobre derechos de alta del suministro de gas
D.A. 12ª. Derechos de alta y acometida
D.A. 13ª. Continuidad de los regímenes de precio fijados legalmente
D.A. 14ª. Imposibilidad de destinar la vivienda a uso turístico cuando se han llevado a cabo obras con ayudas o convenios de colaboración con la administración
D.A. 15ª. Modificación del artículo 28 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la comunidad autónoma de las Illes Balears
D.A. 16ª. Plan público de viviendas
D.A. 17ª. Modificación del apartado G) en la "DEFINICIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS EN LA MATRIZ DE ORDENACIÓN DEL SUELO RÚSTICO", contenida en el anexo I de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias
D.A. 18ª. Viviendas acogidas a regímenes anteriores al Real decreto ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre política de viviendas de protección oficial
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Comunicación de inventario de viviendas protegidas
D.T. 2ª. Comunicación de la relación de viviendas desocupadas
D.T. 3ª. Precios máximos de venta y renta y límites máximos de ingresos por vivienda protegida
D.T. 4ª. Depósito de fianzas de arrendamiento
D.T. 5ª. Registro público de demandantes de viviendas protegidas
D.T. 6ª. Inscripciones preexistentes
D.T. 7ª. Regulación de las condiciones de habitabilidad de los alojamientos dotacionales y de los alojamientos con espacios comunes complementarios
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo
D.F. 2ª. Revisión de la normativa de consumo
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 5/2012, de 23 de mayo, de medidas urbanísticas para la ejecución del Centro Internacional de Tenis Rafael Nadal
D.F. 4ª. Entrada en vigor