Ley 594 subarriendo y ces...de Navarra

Ley 594 subarriendo y cesion subarriendo Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra

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LEY 594

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Subarriendo y cesión

El subarriendo y la cesión del contrato de arrendamiento están permitidos, salvo pacto en contrario; sin embargo, la cesión requerirá el consentimiento del arrendador salvo que las leyes especiales dispongan otra cosa.