Legislación
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Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 23-06-2001

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Extremadura

Estado: DEROGADO. Desde 27 de Febrero de 2019 por Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura.

F. entrada en vigor: 13/07/2001

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 72

F. Publicación: 23/06/2001


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Concepto de consumidor. Artículo 3. Derechos de los consumidores. Artículo 3 bis. Protección contra las cláusulas abusivas. Artículo 3 ter. Protección contra las prácticas comerciales desleales. Artículo 4. Irrenunciabilidad de los derechos de los consumidores. Artículo 5. Colectivos de especial protección.
TÍTULO I. Derechos de los Consumidores
CAPÍTULO I. Derecho a la protección de la salud, la seguridad, la calidad de vida y el medio ambiente
Artículo 6. Principio general. Artículo 7. Obligaciones de los productores y distribuidores.
CAPÍTULO II. Derecho a la protección de los legítimos intereses económicos y sociales
Artículo 8. Principio general. Artículo 9. Actuación de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Artículo 10. Ambito de actuación administrativa. Artículo 10 bis. Servicios de tracto continuado o sucesivo.
CAPÍTULO III. Derecho a la información y educación
Artículo 11. Derecho a la información. Artículo 12. Extensión del derecho de información. Artículo 12 bis. Derecho de información sobre la titulización de préstamos hipotecarios y de otro tipo. Artículo 13. Oficinas de información al consumidor. Artículo 14. Fomento de la información. Artículo 15. Derecho a la educación y la formación permanente. Artículo 16. Medios de comunicación social de titularidad pública.
CAPÍTULO IV. Derecho de representación, consulta y participación.
Artículo 17. Las asociaciones de consumidores. Artículo 18. Consejo Extremeño de los Consumidores. Artículo 19. Audiencia de las asociaciones de consumidores. Artículo 20. Actuación de las asociaciones de consumidores.
CAPÍTULO V. Derecho a la protección jurídica, administrativa y técnica
Artículo 21. Situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión. Artículo 22. Reparación de daños.
TÍTULO II. Inspección y control de productos, bienes y servicios
Artículo 23. Inspección general. Artículo 24. Inspección y control. Artículo 25. Obligaciones de los inspeccionados. Artículo 26. Actas de inspección.
TÍTULO III. Infracciones y sanciones
CAPÍTULO I. Procedimiento y competencia
Artículo 27. Potestad sancionadora. Artículo 28. Actuaciones y medidas provisionales.
CAPÍTULO II. Tipificación de las infracciones
Artículo 29. Infracciones por alteración, adulteración, fraude o engaño. Artículo 30. Infracciones por transacciones comerciales, condiciones técnicas de venta y en materia de precios. Artículo 31. Infracciones en materia de normalización, documentación y condiciones de venta. Artículo 31 bis. Infracciones sobre la protección de los consumidores y usuarios en materia de telecomunicaciones. Artículo 32. Infracciones.
CAPÍTULO III. Calificación de las infracciones
Artículo 33. Infracciones leves. Artículo 34. Infracciones graves. Artículo 35. Infracciones muy graves.
CAPÍTULO IV. Responsabilidad
Artículo 36. Sujetos responsables. Artículo 37. Responsabilidades subsidiarias de los infractores.
CAPÍTULO V. Sanciones
Artículo 38. Cuantía de las sanciones. Artículo 39. Graduación de las sanciones. Artículo 40. Sanciones accesorias. Artículo 41. Otras sanciones. Artículo 42. Clausura de Centros, Servicios y Establecimientos. Artículo 43. Publicidad de las sanciones. Artículo 44. Efectos accesorios de las sanciones. Artículo 45. Principio «Non bis in idem».
CAPÍTULO VI. Prescripción y caducidad
Artículo 46. Prescripción y caducidad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Habilitación normativa. D.A. 2ª. Instalaciones de venta al público al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª. Comunicación de la información.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª.