LEY 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 30-12-2011
Índice
Texto
Ambito: País Vasco
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018
Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 247
F. Publicación: 30/12/2011
Preambulo
TÍTULO I. APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE EUSKADI PARA EL EJERCICIO 2012
Artículo 1. - Aprobación.
Artículo 2. - Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi
Artículo 3. - Presupuestos de los organismos autónomos.
Artículo 4. - Presupuestos de los entes públicos de derecho privado.
Artículo 5.- Presupuestos de las sociedades públicas.
Artículo 6.- Presupuestos de las fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Artículo 7.- Presupuestos de los consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Artículo 8.- Presupuesto consolidado del ente público Radio Televisión Vasca y de las sociedades públicas de gestión de los servicios públicos de radio y televisión.
Artículo 9.- Prestación de garantías y reafianzamiento.
Artículo 10. - Operaciones de endeudamiento y financieras.
TÍTULO II. EL ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO I. TIPOS DE CRÉDITOS. ESPECIALIDADES
Artículo 11.- Créditos ampliables y medios de financiación.
Artículo 12.- Créditos de compromiso.
Artículo 13.- Plantillas presupuestarias.
Artículo 14.- Créditos de personal.
Artículo 15.- Créditos para gastos de funcionamiento.
Artículo 16.- Créditos para transferencias y subvenciones para operaciones corrientes y de capital.
CAPÍTULO II. RÉGIMEN DE LOS CRÉDITOS. MODIFICACIONES
Artículo 17. - Régimen de transferencias de créditos. Otras modificaciones.
Artículo 18.- Variaciones de los presupuestos.
CAPÍTULO III. RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES Y HABERES PASIVOS
Artículo 19.- Retribuciones del personal.
Artículo 20. - Medidas relativas a las aportaciones a sistemas de previsión social.
Artículo 21.- Personal de la Ertzaintza.
Artículo 22. - Requisitos para la firma de acuerdos de condiciones de trabajo y convenios colectivos.
Artículo 23.- Personal directivo de los entes públicos de derecho privado, sociedades públicas, fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma.
Artículo 24.- Créditos de haberes pasivos.
Artículo 25.- Suspensión de acuerdos.
CAPÍTULO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS CONCERTADOS
Artículo 26.- Modulo económico de sostenimiento de los centros educativos concertados.
TÍTULO III. EL ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO I. APORTACIONES DE LAS DIPUTACIONES FORALES
Artículo 27.- Aportaciones de las diputaciones forales.
Artículo 28.- Coeficientes de aportación.
CAPÍTULO II. NORMAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO
Artículo 29. - Tasas.
TÍTULO IV. NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y DE CONTRATACIÓN
Artículo 30.- Normas de autorización del gasto.
Artículo 31.- Normas de contratación.
TÍTULO V. INFORMACIONES AL PARLAMENTO
Artículo 32.- Informaciones periódicas.
Artículo 33. - Otras informaciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Medidas financieras en materia de vivienda y suelo.
D.A. 2ª.- Medidas de fomento.
D.A. 3ª.- Explotación de la estructura de telecomunicaciones propiedad de la Comunidad Autónoma.
D.A. 4ª.- Fomento de la competitividad empresarial.
D.A. 5ª.- Declaración de utilidad pública de proyectos de infraestructuras.
D.A. 6ª.- Autorización y disposición de los créditos para inversiones.
D.A. 7ª.- Subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.
D.A. 8ª.- Reducción de la cuantía de las ayudas, subvenciones y prestaciones económicas.
D.A. 9ª.- Prestación complementaria de vivienda.
D.A. 10ª.- Acceso a la jubilación de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
D.A. 11ª.- Autorización de contrato.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Desarrollo y ejecución.
D.F. 2ª.- Modificación del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre.
D.F. 3ª.- Modificación de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de Euskadi.
D.F. 4ª.- Modificación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre.
D.F. 5ª.- Modificación de la Ley 7/1993, de 21 de diciembre, de Creación de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
D.F. 6ª.- Modificación de la Ley 14/1994, de 30 de junio, de Control Económico y Contabilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
D.F. 7ª.- Modificación del texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobada por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre
D.F. 8ª.- Entrada en vigor.
ANEXO I. CRÉDITOS DE COMPROMISO
ANEXO II. PRESUPUESTOS DE LAS SOCIEDADES PÚBLICAS
ANEXO III. CRÉDITOS AMPLIABLES
PRESUPUESTOS 2012