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Ley de Cantabria 6/2017, de 5 de julio, de Acceso al Entorno de Personas con Discapacidad que Precisan el Acompañamiento de Perros de Asistencia. - Boletín Oficial de Cantabria de 14-07-2017

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Julio de 2017

F. entrada en vigor: 15/07/2017

Órgano emisor: PARLAMENTO DE CANTABRIA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 136

F. Publicación: 14/07/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Clasificación de perros de asistencia.
TÍTULO I. Del derecho de acceso al entorno de las personas con discapacidad.
CAPÍTULO I. Del reconocimiento, suspensión y pérdida de las condiciones de perro de asistencia, de las unidades de vinculación y su registro.
Artículo 4. Reconocimiento de la condición de perro de asistencia y de unidad de vinculación. Artículo 5. Reconocimiento de las condiciones de perro de asistencia en formación. Artículo 6. Acreditación e identificación de perros de asistencia y unidades de vinculación. Artículo 7. Responsables del perro de asistencia. Artículo 8. Suspensión y pérdida de las condiciones de perro de asistencia, y de las unidades de vinculación. Artículo 9. Registro de perros y unidades de vinculación.
CAPÍTULO II. Entidades de adiestramiento de perros de asistencia y capacitación profesional del adiestrador o adiestradora
Artículo 10. Entidades de adiestramiento de perros de asistencia. Artículo 11. Capacitación profesional de adiestrador o adiestradora.
CAPÍTULO III. Derechos y obligaciones de los usuarios y responsables de perros de asistencia
Artículo 12. Derecho de acceso a lugares públicos o de uso público. Artículo 13. Derecho de acceso a lugares y espacios privados de uso colectivo. Artículo 14. Derecho de acceso en el entorno laboral. Artículo 15. Normas para el ejercicio del derecho de acceso. Artículo 16. Normas para el ejercicio del derecho de acceso en los transportes. Artículo 17. Obligaciones. Artículo 18. Limitaciones y prohibiciones del derecho de acceso.
TÍTULO II. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Infracciones y sanciones
Artículo 19. Infracciones. Artículo 20. Sujetos responsables. Artículo 21. Clasificación de las infracciones. Artículo 22. Sanciones. Artículo 23. Graduación de las sanciones.
CAPÍTULO II. Procedimiento
Artículo 24. Potestad sancionadora y competencia. Artículo 25. Procedimiento. Artículo 26. Prescripción de infracciones y sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Campañas informativas. D.A. 2ª. Estancias temporales de perros de asistencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Reconocimiento del derecho de acceso a los perros guía. D.T. 2ª. Reconocimiento del derecho de acceso a otro tipo de perros de asistencia. D.T. 3ª. Profesionales del adiestramiento sin cualificación profesional oficialmente reconocida. D.T. 4ª. Régimen transitorio hasta su desarrollo normativo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa. D.F. 2ª. Adaptación de las Ordenanzas Municipales. D.F. 3ª. Entrada en vigor.