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LEY 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023. - Diario Oficial de Extremadura de 31-12-2022

Tiempo de lectura: 17 min

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 01/01/2023

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 3

F. Publicación: 31/12/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. De la aprobación de los presupuestos y la gestión presupuestaria
CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en las letras a) a f) del artículo 1.1 de la presente ley.
IMPREVISTOS Y CONTINGENCIAS
10.000.000
21
SANIDAD
2.204.300.044
22
EDUCACIÓN
1.308.948.181
23
DEPENDENCIA
459.483.120
24
EMPLEO
392.253.971
25
PROMOCIÓN SOCIAL
222.645.211
26
VIVIENDA
134.258.208
27
CULTURA
82.781.632
31
AGRICULTURA
781.289.549
32
EMPRESA
104.679.362
33
INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA
227.838.428
34
COMERCIO Y TURISMO
49.454.987
35
INFRAESTRUCTURAS
679.418.160
Total general
7.781.092.744
Artículo 3. De los presupuestos de los entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1.2 de la presente ley. Artículo 4. De los beneficios fiscales.
CAPÍTULO II. De las modificaciones presupuestarias
Artículo 5. Modificaciones presupuestarias. Artículo 6. Ampliaciones de créditos. Artículo 7. Incorporaciones de créditos. Artículo 8. Transferencias de créditos. Artículo 9. Generaciones de créditos.
CAPÍTULO III. Normas especiales de gestión presupuestaria
Artículo 10. Atribuciones a la Consejería competente en materia de hacienda. Artículo 11. Otras normas de intervención. Artículo 12. Normas específicas de procedimiento en materia de fondos europeos. Artículo 13. Otras normas de procedimiento.
TÍTULO II. De los gastos de personal y otros costes
CAPÍTULO I. De los regímenes retributivos
Artículo 14. Variación general de retribuciones. Artículo 15. Retribuciones del Presidente, miembros del Consejo de Gobierno, Altos Cargos y asimilados. Artículo 16. Régimen jurídico-retributivo del personal funcionario, estatutario y eventual de la administración de la Comunidad Autónoma, sus Organismos Autónomos y demás entes. Artículo 17. Retribuciones del personal funcionario. Artículo 18. Retribuciones del personal interino y eventual. Artículo 19. Retribuciones del personal laboral. Artículo 20. Retribuciones del personal docente no universitario y del personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud. Artículo 21. Retribuciones del personal directivo del sector público autonómico.
CAPÍTULO II. Disposiciones en materia de gestión del sistema retributivo
Artículo 22. Disposiciones generales en materia de gestión retributiva. Artículo 23. Retribuciones fijas y periódicas. Artículo 24. Pagas extraordinarias. Artículo 25. Trienios. Artículo 26. Complementos personales transitorios.
CAPÍTULO III. Otras disposiciones en materia de personal
Artículo 27. Limitación al incremento de costes de personal. Artículo 28. Nombramiento de personal funcionario interino para la ejecución de programas de carácter temporal o por exceso o acumulación de tareas. Artículo 29. Contratación de personal laboral temporal para la ejecución de programas de carácter temporal o por exceso o acumulación de tareas. Artículo 30. Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 31. Personal transferido. Artículo 32. Oferta de Empleo Público. Artículo 33. Carrera profesional y planes de acción social. Artículo 34. Necesidades laborales del sector público autonómico.
TÍTULO III. De las operaciones financieras
CAPÍTULO I. Operaciones de endeudamiento
Artículo 35. Operaciones a largo plazo del Sector Administración General. Artículo 36. Otras operaciones financieras. Artículo 37. Endeudamiento de los entes del Sector Administraciones Públicas. Artículo 38. Principio de concurrencia y exención de fianzas. Artículo 39. Otras relaciones con las entidades financieras.
CAPÍTULO II. De los avales
Artículo 40. Concesión de avales.
TÍTULO IV. Otras normas de ejecución del gasto
CAPÍTULO I. Normas en materia de contratación
Artículo 41. Autorizaciones e informes. Artículo 42. Otras normas.
CAPÍTULO II. Normas en materia de convenios, encargos de gestión y transferencias
Artículo 43. Convenios. Artículo 44. Encargos a entidades que tengan la consideración de medio propio y servicio técnico. Artículo 45. Transferencias globales y específicas.
CAPÍTULO III. Medidas de transparencia en la ejecución del presupuesto
Artículo 46. Publicidad de contratos públicos, concesiones de servicios, convenios y ayudas y subvenciones. Artículo 47. Retención de operaciones a favor de entidades del sector público autonómico que no cumplan con el deber de información, o con las obligaciones en materia de endeudamiento y avales.
TÍTULO V. Relaciones económico-presupuestarias con las corporaciones locales
Artículo 48. Fondo Regional de Cooperación Municipal. Artículo 49. Criterios de distribución del Fondo Regional de Cooperación Municipal. Artículo 50. Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios. Artículo 51. Programas de Colaboración Económica Municipal. Artículo 52. Dotación de los Programas de Colaboración Económica Municipal. Artículo 53. Régimen presupuestario de los Programas de Colaboración Económica Municipal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Tasas y Precios Públicos. D.A. 2ª. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Tipo de gravamen reducido en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de viviendas medias. D.A. 3ª. Canon de saneamiento. D.A. 4ª. De la ejecución directa de obras, servicios y demás actividades a través de TRAGSA. D.A. 5ª. Gestión de pagos a proveedores. D.A. 6ª. Enseñanza privada concertada. D.A. 7ª. De los costes de personal de la Universidad de Extremadura en futuros ejercicios presupuestarios. D.A. 8ª. Subvenciones a la formalización de pólizas de seguros agrarios combinados. D.A. 9ª. Complemento extraordinario a la cuantía reconocida en concepto de pensión de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva. D.A. 10ª. Adquisición de la condición de personal laboral indefinido no fijo en ejecución de sentencia judicial. D.A. 11ª. Personal Directivo del Servicio Extremeño de Salud. D.A. 12ª. Medidas de mejora en la gestión de los fondos de recuperación comunitarios. D.A. 13ª. Medidas de agilización en la provisión de puestos de trabajo. D.A. 14ª. Subvención del 100% del precio del billete en los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera para el año 2023. D.A. 15ª. Bonificación extraordinaria y temporal de las tarifas máximas aplicables a las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) gestionadas en régimen de concesión administrativa. D.A. 16ª. Asignación excepcional o compensatoria de las disposiciones adicionales primera y segunda del Estatuto de Autonomía de Extremadura. D.A. 17ª. Incremento de la cuantía de Renta Extremeña Garantizada. D.A. 18ª. Órganos de selección de personal. D.A. 19ª. Gastos generales de estructura. D.A. 20ª. Fondo de financiación incondicionada municipal. D.A. 21ª. Medidas en materia de Personal sanitario y otras medidas en materia de empleo público.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. ÚNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Autorización para el desarrollo y ejecución de la ley. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022. D.F. 3ª. Modificación del Decreto-ley 1/2022, de 2 de marzo, de medidas urgentes de mejora de la calidad en la contratación pública para la reactivación económica. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO. Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023. Estado de ingresos y cuentas.