Legislación
Legislación

LEY 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004. - Boletín Oficial del Estado de 31-12-2003

Tiempo de lectura: 34 min

Tiempo de lectura: 34 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Febrero de 2014

F. entrada en vigor: 01/01/2004

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 313

F. Publicación: 31/12/2003


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I II III IV V VI VII VIII IX
TÍTULO I. De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones
CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado. Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en los párrafos a) a d) del artículo 1 de esta ley. Artículo 3. De los beneficios fiscales. Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de esta ley. Artículo 5. De la cuenta de operaciones comerciales. Artículo 6. De los presupuestos de los entes referidos en los párrafos e) , f) , g) y h) del artículo 1 de esta ley. Artículo 7. Presupuesto del Banco de España.
CAPÍTULO II. Normas de modificación y ejecución de créditos presupuestarios
Artículo 8. Principios generales. Artículo 9. Créditos vinculantes. Artículo 10. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias. Artículo 11. De las incorporaciones de crédito y limitaciones presupuestarias.
CAPÍTULO III. De la Seguridad Social
Artículo 12. De la Seguridad Social.
TÍTULO II. De la gestión presupuestaria
CAPÍTULO I. De la gestión de los presupuestos docentes
Artículo 13. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados. Artículo 14. Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) .
CAPÍTULO II. De la gestión presupuestaria de la Sanidad y de los Servicios Sociales
Artículo 15. Competencias específicas en materia de transferencias de crédito en los Presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) . Artículo 16. Generaciones de créditos en los Presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales. Artículo 17. Aplicación de remanentes de tesorería en el Presupuesto del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.
CAPÍTULO III. Otras normas sobre gestión presupuestaria
Artículo 18. Agencia Estatal de Administración Tributaria.
TÍTULO III. De los gastos de personal
CAPÍTULO I. Del incremento de los gastos del personal al servicio del sector público
Artículo 19. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público. Artículo 20. Oferta de empleo público.
CAPÍTULO II. De los regímenes retributivos
Artículo 21. Personal del sector público estatal sometido a régimen administrativo y estatutario. Artículo 22. Personal laboral del sector público estatal. Artículo 23. Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus órganos consultivos y de la Administración General del Estado. Artículo 24. Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas. Artículo 25. Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Artículo 26. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas. Artículo 27. Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. Artículo 28. Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía. Artículo 29. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal y del personal al servicio de la Administración de Justicia. Artículo 30. Retribuciones del personal de la Seguridad Social.
CAPÍTULO III. Otras disposiciones en materia de régimen del personal activo
Artículo 31. Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 32. Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación. Artículo 33. Otras normas comunes. Artículo 34. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario. Artículo 35. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.
TÍTULO IV. De las pensiones públicas
CAPÍTULO I. Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado, especiales de guerra y no contributivas de la Seguridad Social
Artículo 36. Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado. Artículo 37. Determinación inicial y cuantía de las pensiones especiales de guerra para el 2004. Artículo 38. Determinación inicial de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
CAPÍTULO II. Limitaciones en el señalamiento inicial de las pensiones públicas
Artículo 39. Limitación del señalamiento inicial de las pensiones públicas.
CAPÍTULO III. Revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas para el año 2004
Artículo 40. Revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas para el 2004. Artículo 41. Pensiones no revalorizables durante el año 2004. Artículo 42. Limitación del importe de la revalorización para el año 2004 de las pensiones públicas.
CAPÍTULO IV. Complementos para mínimos
Artículo 43. Reconocimiento de complementos para mínimos en las pensiones de Clases Pasivas. Artículo 44. Reconocimiento de los complementos para las pensiones inferiores a la mínima en el sistema de la Seguridad Social e importes de dichas pensiones en el año 2004.
CAPÍTULO V. Otras disposiciones en materia de pensiones públicas
Artículo 45. Pensiones no concurrentes del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
TÍTULO V. De las operaciones financieras
CAPÍTULO I. Deuda Pública
Artículo 46. Deuda Pública. Artículo 47. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos públicos. Artículo 48. Información de la evolución de la Deuda del Estado al Ministerio de Economía y al Congreso de los Diputados y al Senado; y de las cuentas abiertas por el Tesoro en el Banco de España o en otras entidades financieras al Congreso de los Dipu...
CAPÍTULO II. Avales Públicos y Otras Garantías
Artículo 49. Importe de los avales del Estado. Artículo 50. Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales. Artículo 51. Información sobre avales públicos otorgados. Artículo 52. Avales para garantizar valores de renta fija emitidos por Fondos de Titulización de Activos.
CAPÍTULO III. Relaciones del Estado con el Instituto de Crédito Oficial
Artículo 53. Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial. Artículo 54. Información a las Cortes Generales en materia del Instituto de Crédito Oficial. Artículo 55. Fondo de Ayuda al Desarrollo. Artículo 56. Fondo para la concesión de microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior.
TÍTULO VI. Normas Tributarias
CAPÍTULO I. Impuestos Directos
SECCIÓN 1ª. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Artículo 57. Coeficientes de actualización del valor de adquisición.
SECCIÓN 2ª. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Artículo 58. Coeficiente de corrección monetaria. Artículo 59. Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
SECCIÓN 3ª. IMPUESTOS LOCALES
Artículo 60. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
CAPÍTULO II. Impuestos Indirectos
SECCIÓN ÚNICA. IMPUESTOS SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
Artículo 61. Actualización de las tarifas por transmisión y rehabilitación de Grandezas y Títulos nobiliarios.
CAPÍTULO III. Otros Tributos
Artículo 62. Tasas. Artículo 63. Cuantificación de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
TÍTULO VII. De los entes territoriales
CAPÍTULO I. Corporaciones locales
SECCIÓN 1ª. LIQUIDACIONES DEFINITIVAS DE LA PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DEL ESTADO Y DE LA COMPENSACIÓN POR PÉRDIDAS DE RECAUDACIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2003
Artículo 64. Régimen jurídico y saldos deudores. Artículo 65. Pago de la liquidación definitiva.
SECCIÓN 2ª. CESIÓN A FAVOR DE LOS MUNICIPIOS DE LA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS ESTATALES EN EL AÑO 2004
Artículo 66. Cesión de rendimientos recaudatorios del IRPF: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. Artículo 67. Cesión de la recaudación líquida por IVA: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. Artículo 68. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre fabricación de alcoholes: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. Artículo 69. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
SECCIÓN 3ª. PARTICIPACIÓN DE LOS MUNICIPIOS EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO
SUBSECCIÓN 1ª. Participación de los municipios en el Fondo Complementario de Financiación
Artículo 70. Determinación de las entregas a cuenta. Artículo 71. Liquidación definitiva.
SUBSECCIÓN 2ª. Participación del resto de municipios
Artículo 72. Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio 2004. Artículo 73. Entregas a cuenta.
SECCIÓN 4ª. CESIÓN A FAVOR DE LAS PROVINCIAS, COMUNIDADES AUTÓNOMAS UNIPROVINCIALES, CABILDOS Y CONSEJOS INSULARES, DE LA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS ESTATALES
Artículo 74. Cesión de rendimientos recaudatorios del IRPF: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. Artículo 75. Cesión de la recaudación líquida por IVA: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. Artículo 76. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre fabricación de alcoholes: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. Artículo 77. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
SECCIÓN 5ª. PARTICIPACIÓN DE LAS PROVINCIAS, COMUNIDADES AUTONOMAS UNIPROVINCIALES, CABILDOS Y CONSEJOS INSULARES EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO
SUBSECCIÓN 1ª. Participación en el Fondo Complementario de Financiación
Artículo 78. Determinación de las entregas a cuenta. Artículo 79. Liquidación definitiva.
SUBSECCIÓN 2ª. Participación en el Fondo de Aportación a la asistencia sanitaria
Artículo 80. Determinación de las entregas a cuenta. Artículo 81. Liquidación definitiva.
SECCIÓN 6ª. REGIMENES ESPECIALES
Artículo 82. Participación de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra en los tributos del Estado. Artículo 83. Participación de las entidades locales de las Islas Canarias en los tributos del Estado. Artículo 84. Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado.
SECCIÓN 7ª. COMPENSACIONES, SUBVENCIONES Y AYUDAS
Artículo 85. Subvenciones a las Entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano. Artículo 86. Compensación a los ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales. Artículo 87. Otras subvenciones a las entidades locales. Artículo 88. Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los tributos locales.
SECCIÓN 8ª. NORMAS INSTRUMENTALES EN RELACIÓN CON LAS DISPOSICIONES INCLUIDAS EN ESTE CAPÍTULO
Artículo 89. Normas de gestión presupuestaria de determinados créditos a favor de las Entidades locales. Artículo 90. Información a suministrar por las corporaciones locales. Artículo 91. Retenciones a practicar a las Entidades locales en aplicación de la disposición adicional decimocuarta de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CAPÍTULO II. Comunidades autónomas
Artículo 92. Entregas a cuenta del Fondo de suficiencia. Artículo 93. Liquidación definitiva del Fondo de suficiencia del año 2002 de las comunidades autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. Artículo 94. Aplicación de las garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitaria en el año 2002. Artículo 95. Transferencias a comunidades autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados. Artículo 96. Fondos de Compensación Interterritorial.
TÍTULO VIII. Cotizaciones Sociales
Artículo 97. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2004. Artículo 98. Cotización a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2004.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Seguimiento de objetivos. D.A. 2ª. Prestaciones económicas de la Seguridad Social por hijo a cargo. D.A. 3ª. Subsidios económicos de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, y pensiones asistenciales. D.A. 4ª. Ayudas sociales a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) . D.A. 5ª. Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones en el año 2004. D.A. 6ª. Interés legal del dinero. D.A. 7ª. Garantía del Estado para obras de interés cultural. D.A. 8ª. Revalorización para el año 2004 de las prestaciones de Gran Invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas. D.A. 9ª. Plantillas máximas de militares profesionales de Tropa y Marinería a alcanzar el 31 de diciembre del año 2004. Las plantillas máximas de Militares Profesionales de Tropa y Marinería a alcanzar el 31 de diciembre del año 2004 no podrán superar ... D.A. 10ª. Gestión directa por el INEM de créditos destinados a fomento del empleo. El Instituto Nacional de Empleo se reserva para su gestión directa los créditos específicamente consignados en el estado de gastos de dicho organismo autónomo para finan... D.A. 11ª. Actividades prioritarias de mecenazgo. D.A. 12ª. Pagos a cuenta a la Iglesia Católica en el año 2004. D.A. 13ª. Asignación de cantidades a fines sociales. D.A. 14ª. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de la Asociación Española contra el Cáncer. D.A. 15ª. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de la Cruz Roja Española. D.A. 16ª. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de los XV Juegos del Mediterráneo. D.A. 17ª. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de los «Xacobeo 2004» . D.A. 18ª. Dotación de los fondos de fomento a la inversión española en el exterior. D.A. 19ª. Seguro de Crédito a la Exportación. D.A. 20ª. Proyectos concertados de investigación de los programas nacionales científicotecnológicos. D.A. 21ª. Ayudas reembolsables para la financiación de actuaciones concertadas con fines de investigación científica y desarrollo tecnológico. D.A. 22ª. Proceso de liquidación del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil. D.A. 23ª. Apoyo financiero a empresas de base tecnológica. D.A. 24ª. Generación de crédito para financiación de actuaciones de apoyo a la actividad industrial y desarrollo tecnológico de Galicia. D.A. 25ª. Financiación de la formación continua. D.A. 26ª. Compensación por posibles pérdidas de ingresos para las entidades locales, derivadas de la reforma del Impuesto sobre Actividades Económicas introducida por la Ley 51/2002, de 27 de diciembre. D.A. 27ª. Fondo de Cohesión Sanitaria. D.A. 28ª. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones públicas o instituciones sin ánimo de lucro. D.A. 29ª. Aportación financiera del Instituto Nacional de Empleo a la financiación del Plan Integral de Empleo de Canarias.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Compensación fiscal a los arrendatarios de vivienda habitual en 2003. D.T. 2ª. Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2003. D.T. 3ª. Fondo de Solidaridad. D.T. 4ª. Planes de pensiones de empleo o seguros colectivos. D.T. 5ª. Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal. D.T. 6ª. Complementos personales y transitorios. D.T. 7ª. Niveles de vinculación. D.T. 8ª. Gestión de créditos presupuestarios en materia de Clases Pasivas. ANEXO I. Distribución de los créditos por programas ANEXO II. Créditos Ampliables ANEXO III. Operaciones de crédito autorizadas a organismos públicos ANEXO IV. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ANEXO V. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ubicados en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla ANEXO VI. Costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia ANEXO VII. Remanentes de crédito incorporables en el ejercicio 2004 ANEXO VIII. Bienes del patrimonio histórico ANEXO IX. Grandes instalaciones científicas ANEXO X. Retribuciones de miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal ANEXO XI. Retribuciones de miembros de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal, de los Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración judicial CUADROS-RESUMEN DE LOS GASTOS E INGRESOS