LEY 7/2012, de 4 de octubre, de medidas extraordinarias en elsector público de la Comunidad Autónoma deAragón para garantizar la estabilidad presupuestaria. - Boletín Oficial de Aragón de 11-10-2012
Índice
Texto
Ambito: Aragón
Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Enero de 2019
F. entrada en vigor: 11/10/2012
Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 199
F. Publicación: 11/10/2012
PREÁMBULO
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 1. - Objeto de esta Ley.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II Medidas retributivas
Artículo 3. - Normas generales.
Artículo 4.- Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal funcionario y estatutario.
Artículo 5.- Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal laboral.
Artículo 6.- Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 de los miembros del Gobierno de Aragón y sus altos cargos.
Artículo 7.- Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 del personal eventual.
Artículo 8.- Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 del personal directivo.
CAPÍTULO III Medidas en materia de incapacidad temporal
Artículo 9.- Medidas en materia de complementos de incapacidad temporal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Suspensión de pactos, acuerdos y convenios.
D.A. 2ª.- Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia.
D.A. 3ª.- Retribuciones del personal sanitario al que se aplica el sistema de cupo y zona.
D.A. 4ª.- Registro de Órganos de Representación del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de sus Organismos Públicos y entidades integrantes del sector público autonómico.
D.A. 5ª.- Efectos de la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 en los costes de personal de la Universidad de Zaragoza y los entes dependientes de la misma.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo a la entrada en vigor de esta Ley.
D.T. 2ª.- Efectos en las situaciones de incapacidad temporal a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio.
D.T. 3ª.- Suspensión de la contratación de personal laboral fijo en situación de incapacidad permanente total por aplicación del procedimiento de cambio de categoría profesional por motivo de salud.
D.T. 4ª.- Subvenciones sindicales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Modificación del Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón.
D.F. 2ª.- Modificación de la Ley 1/2012, de 20 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2012.
D.F. 3ª.- Retenciones de no disponibilidad.
D.F. 4ª.- Desarrollo de la Ley.
D.F. 5ª.- Entrada en vigor.