Legislación
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LEY 7/2018, de 14 de diciembre, por la que se regula la Conferencia de titulares de Alcaldías y Presidencias de Diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos. - Boletín Oficial de Castilla y León de 27-12-2018

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Castilla y León

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Enero de 2019

F. entrada en vigor: 16/01/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 249

F. Publicación: 27/12/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Conferencia de titulares de Alcaldías y Presidencias de Diputación
Artículo 1. Conferencia de titulares de Alcaldías y Presidencias de Diputación. Artículo 2. Funciones. Artículo 3. Composición. Artículo 4. Reuniones. Artículo 5. Comité Permanente. Artículo 6. Decisiones.
CAPÍTULO II. Estatuto de los miembros de las entidades locales
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales
Artículo 7. Régimen jurídico. Artículo 8. Grupos políticos y grupo mixto local. Artículo 9. Junta de Portavoces. Artículo 10. Miembros no adscritos.
SECCIÓN 2.ª Derecho de información
Artículo 11. Disposiciones generales. Artículo 12. Acceso. Artículo 13. Consulta. Artículo 14. Copias. Artículo 15. Grabación de Plenos.
SECCIÓN 3.ª Participación a distancia
Artículo 16. Derecho de participación a distancia.
SECCIÓN 4.ª Buen Gobierno
Artículo 17. Principios generales. Artículo 18. Deberes de conducta. Artículo 19. Declaraciones. Artículo 20. Indemnizaciones por gastos y sanciones por ausencias. Artículo 21. Buzones.
CAPÍTULO III. De la información a la ciudadanía en los Plenos de las entidades locales
Artículo 22. Carácter público. Artículo 23. Acceso. Artículo 24. Derecho de información y grabación. Artículo 25. Difusión. Artículo 26. Derecho a la propia imagen.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aplicación a las Juntas Vecinales, a las Asambleas Vecinales, a las Juntas de Gobierno y a determinadas Comisiones. D.A. 2ª. Espacios físicos y medios materiales. D.A. 3ª. Colaboración de las Diputaciones Provinciales. D.A. 4ª. Modificación de órganos colegiados de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. D.A. 5ª. El código de conducta en organismos, entidades o sociedades dependientes de las entidades locales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo de la ley. D.F. 2ª. Entrada en vigor.