LEY 9/2000, de 7 de julio, de regulación de la publicidad dinámica en Cataluña. - Diario Oficial de Cataluña de 24-07-2000
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Octubre de 2010
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALIDAD
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 3189
F. Publicación: 24/07/2000
PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la Ley
Artículo 2. Modalidades de publicidad dinámica
Artículo 3. Requisitos, limitaciones y exclusiones de la actividad de publicidad dinámica
Artículo 4. Comunicación previa
Artículo 5. Administración competente
TÍTULO II. Comunicaciones previas
Artículo 6. Obligados a comunicar
Artículo 7. Contenido de la comunicación
Artículo 8. Prohibiciones de la actividad
Artículo 9. Medidas correctoras
Artículo 10. Medidas cautelares
Artículo 11. Resarcimiento por daños
TÍTULO III. Normas especiales
CAPÍTULO I. Reparto domiciliario de publicidad
Artículo 12. Requisitos específicos
CAPÍTULO II. Publicidad mediante uso de vehículos
Artículo 13. Supuestos especiales
Artículo 14. Supuestos objeto de autorización
Artículo 15. Requisitos de las licencias
TÍTULO IV. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Infracciones y sanciones
Artículo 16. Infracciones
Artículo 17. Responsables
Artículo 18. Sanciones
Artículo 19. Órganos competentes para la imposición de sanciones
Artículo 20. Inhabilitación para el ejercicio de la actividad
Artículo 21. Atenuación de las sanciones
Artículo 22. Prescripción
CAPÍTULO II. Procedimiento sancionador
Artículo 23. Procedimiento aplicable
CAPÍTULO III. Multa coercitiva
Artículo 24. Competencia de la Administración
Artículo 25. Comunicación y cumplimiento del requerimiento
Artículo 26. Reiteración de las multas
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.
D.A. 2ª.
D.A. 3ª.
D.A. 4ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.
D.F. 2ª.