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LEY 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluacion de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. - Boletín Oficial del Estado de 29-04-2006

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 12 de Diciembre de 2013

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 102

F. Publicación: 29/04/2006

  • La derogación de esta norma, en su condición de normativa básica y respecto de las Comunidades Autónomas se producirá, en todo caso, el 12 de diciembre de 2014. No obstante, si antes de que concluya este plazo, las Comunidades Autónomas aprueban nuevos textos normativos adaptados a esta ley, esta derogación se producirá en el momento en que las nuevas normas autonómicas entren en vigor.
  • Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluacion ambiental.

Derogada Completa Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ley. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Artículo 4. Determinación de la existencia de efectos: significativos en el medio ambiente de determinados planes y programas. Artículo 5. Administración competente. Artículo 6. Concurrencia y jerarquía de planes o programas.
TÍTULO II. Evaluación ambiental
Artículo 7. Evaluación ambiental. Artículo 8. Informe de sostenibilidad ambiental. Artículo 9. Alcance del informe de sostenibilidad ambiental. Artículo 10. Consultas. Artículo 11. Consultas transfronterizas. Artículo 12. Memoria ambiental. Artículo 13. Propuesta de plan o programa. Artículo 14. Publicidad. Artículo 15. Seguimiento.
TÍTULO III. Evaluación ambiental de planes y programas estatales
Artículo 16. Órgano ambiental. Artículo 17. Determinación de la existencia de efectos significativos en el medio ambiente. Artículo 18. Iniciación. Artículo 19. Intervención previa del órgano ambiental. Artículo 20. Informe de sostenibilidad ambiental. Artículo 21. Consultas. Artículo 22. Memoria ambiental. Artículo 23. Propuesta de plan o programa. Artículo 24. Publicidad. Artículo 25. Seguimiento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Planes y programas cofinanciados por la Comunidad Europea. D.A. 2ª. Información sobre la aplicación de la ley. D.A. 3ª. Relación con la evaluación de impacto ambiental de proyectos. D.A. 4ª. Informes preceptivos previstos en la legislación sectorial. D.A. 5ª. Infraestructuras de titularidad estatal. D.A. 6ª. Banco de datos de evaluación ambiental. D.A. 7ª. Dotación de medios.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Planes y programas iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la ley.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental. D.F. 2ª. Aplicación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. D.F. 3ª. Título competencial. D.F. 4ª. Autorización de desarrollo. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. D.F. 6ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Contenido del informe de sostenibilidad ambiental ANEXO II. Criterios para determinar la posible significación de los efectos sobre el medio ambiente