Legislación
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LEY 9/2006, de 28 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autonoma de Euskadi para el ejercicio 2007. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 30-12-2006

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Junio de 2011

F. entrada en vigor: 01/01/2007

Órgano emisor: LEHENDAKARITZA

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 248

F. Publicación: 30/12/2006


TÍTULO I. APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE EUSKADI PARA EL EJERCICIO 2007
Artículo 1. Aprobación. Artículo 2. Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma. Artículo 3. Presupuestos de los organismos autónomos Artículo 4. Presupuesto del ente público Radio Televisión Vasca y de sus sociedades de gestión Artículo 5. Presupuesto del Ente Vasco de la Energía. Artículo 6. Presupuesto del ente público Osakide-tza-Servicio Vasco de Salud. Artículo 7. Presupuesto de la Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco. Artículo 8. Presupuesto del ente público Red Ferroviaria Vasca. Artículo 9. Presupuestos del resto de sociedades públicas. Artículo 10. Prestación de garantías y reafianzamiento. Artículo 11. Operaciones de endeudamiento y financieras.
TÍTULO II. EL ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO I. TIPOS DE CRÉDITOS. ESPECIALIDADES
Artículo 12. Créditos ampliables y medios de financiación. Artículo 13. Créditos de compromiso. Artículo 14. Créditos de personal. Artículo 15. Plantillas presupuestarias. Artículo 16. Créditos para gastos de funcionamiento. Artículo 17. Créditos para transferencias y subvenciones para operaciones corrientes y de capital
CAPÍTULO II. RÉGIMEN DE LOS CRÉDITOS. MODIFICACIONES
Artículo 18. Régimen de transferencias de créditos. Artículo 19. Otras modificaciones.
CAPÍTULO III. RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES Y HABERES PASIVOS
Artículo 20. Incremento de retribuciones. Artículo 21. Personal de la Ertzaintza. Artículo 22. Requisitos para la firma de los convenios colectivos. Artículo 23. Personal directivo de las sociedades públicas y entes públicos de derecho privado de la Comunidad Autónoma. Artículo 24. Créditos de haberes pasivos.
CAPÍTULO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS CONCERTADOS
Artículo 25. Módulo económico de sostenimiento de los centros educativos concertados.
TÍTULO III. EL ESTADO DE INGRESOS. APORTACIONES DE LAS DIPUTACIONES FORALES
Artículo 26. Aportaciones de las diputaciones forales. Artículo 27. Coeficientes de aportación.
TÍTULO IV. NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y DE CONTRATACIÓN
Artículo 28. Normas de autorización del gasto. Artículo 29. Normas de contratación.
TÍTULO V. INFORMACIONES AL PARLAMENTO
Artículo 30. Informaciones periódicas. Artículo 31. Otras informaciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Control y seguimiento de los programas de empleo y formación. D.A. 2ª. Renta básica. D.A. 3ª. Medidas financieras en materia de vivienda y suelo. D.A. 4ª. Fondo de Proyectos Estratégicos. D.A. 5ª. Medidas de fomento. D.A. 6ª. Explotación de la estructura de telecomunicaciones propiedad de la Comunidad Autónoma. D.A. 7ª. Fomento de la competitividad empresarial.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. D.F. 2ª. Modificaciones del texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre. D.F. 3ª. Modificación de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre. D.F. 4ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 5ª. Entrada en vigor. ANEXO I. CRÉDITOS DE COMPROMISO I ANEXO II. PRESUPUESTOS DEL RESTO DE SOCIEDADES PÚBLICAS ANEXO III. CRÉDITOS AMPLIABLES ANEXO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS CONCERTADOS