Ley Orgánica 3/2012, de 25 de julio, por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria entre el Reino de Bélgica, la República de Bulgaria, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República de Estonia, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, el Gran Ducado de Luxemburgo, Hungría, Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República de Polonia, la República Portuguesa, Rumanía, la República de Eslovenia, la República Eslovaca, la República de Finlandia y el Reino de Suecia, firmado en Bruselas el 2 de marzo de 2012. - Boletín Oficial del Estado de 26-07-2012
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Julio de 2012
F. entrada en vigor: 27/07/2012
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 178
F. Publicación: 26/07/2012
Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Artículo único. Autorización de la ratificación.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.
TRATADO DE ESTABILIDAD, COORDINACIÓN Y GOBERNANZA EN LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA
TÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1.
TÍTULO II. Coherencia y relación con el Derecho de la Unión
Artículo 2.
TÍTULO III. Pacto presupuestario
Artículo 3.
Artículo 4.
Artículo 5.
Artículo 6.
Artículo 7.
Artículo 8.
TÍTULO IV. Coordinación de las políticas económicas y convergencia
Artículo 9.
Artículo 10.
Artículo 11.
TÍTULO V. Gobernanza de la zona del euro
Artículo 12.
Artículo 13.
TÍTULO VI. Disposiciones generales y finales
Artículo 14.
Artículo 15.
Artículo 16.
ACTA DE LA FIRMA DEL TRATADO DE ESTABILIDAD, COORDINACIÓN Y GOBERNANZA EN LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA
ANEXO