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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Medidas ejecución Madrid Central, - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 09-07-2019

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Ambito: Madrid

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE MADRID

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 161

F. Publicación: 09/07/2019

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 161 de 09/07/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

Decreto número 316 de 7 de julio de 2019, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se disponen medidas en cumplimiento del auto de 5 de julio de 2019, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 24 de Madrid.

Mediante Auto de 5 de julio de 2019, el Juzgado número 24 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid acordó la medida cautelar provisionalísima consistente en suspender la eficacia del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de junio de 2019, en lo que hace referencia al punto Tercero de su parte dispositiva, que dispone establecer un período de aviso en relación con el acceso a la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central, mientras el sistema automatizado de control de accesos y de detección de infracciones se somete a una auditoria.

Asimismo, el Juzgado ordena que por el Ayuntamiento de Madrid se disponga lo necesario para el inmediato cumplimiento de lo acordado.

En su virtud, en acatamiento del citado Auto y de conformidad con las atribuciones conferidas por el Acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad,

DISPONGO

Primero.-Proceder al inmediato cumplimiento del Auto de 5 de julio de 2019 del Juzgado número 24 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ordenando el restablecimiento de la funcionalidad de los sistemas de control de accesos a la ZBE Madrid Central y de las denuncias que se produzcan como consecuencia de dicho funcionamiento, con efectos desde las 0:00 horas del día 8 de julio de 2019.

Segundo.-El Decreto surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid , así como en el sitio web municipalwww.madrid.es.

En Madrid, a 7 de julio de 2019.-El delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante Muntada.

(03/24.691/19)